Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 162. Jueves 20 de Agosto de 2009 - 1308

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

1308 - ORDEN de 6 de agosto de 2009, por la que se resuelve la convocatoria, para el ejercicio 2009, del concurso para otorgar tres becas destinadas a realizar prácticas en empresas e instituciones con sede en el territorio de la Unión Europea cuya actividad esté relacionada con la integración europea.

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea para la concesión de tres becas destinadas a realizar prácticas en empresas e instituciones con sede en el territorio de la Unión Europea cuya actividad esté relacionada con la integración europea.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 1 de abril de 2009 (B.O.C. nº 73, de 17.4.09), fue convocado, para el ejercicio 2009, concurso para otorgar tres becas destinadas a realizar prácticas en empresas e instituciones con sede en el territorio de la Unión Europea cuya actividad esté relacionada con la integración europea.

Segundo.- Constituido el tribunal, previsto en la base séptima de la Orden de 1 de abril de 2009 de convocatoria de las becas, el día 18 de junio para valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos, se confeccionó una lista, tal y como prevé el apartado 2 de la base 9ª, con la nota final resultante de la valoración de los diferentes apartados de méritos, esta lista queda como sigue:

- Marrero Martín, Marta.

- Ramos Ferrer, Helena.

Tercero.- Según lo establecido en el apartado 4 de la base 9ª, una vez conocidos los candidatos con mayor puntuación, este centro directivo procederá a la verificación, previa autorización por parte de los beneficiarios, de que los candidatos se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, de la Comunidad Autónoma y de la Seguridad Social, para que éstos puedan ser considerados beneficiarios de las becas antes de la resolución del concurso.

Cuarto.- Con fecha 20 de marzo de 2009, registro de salida nº 1811, de 23 de marzo de 2009, la Intervención General emitió informe favorable de fiscalización de la Orden de convocatoria para la concesión de tres becas para realizar prácticas en empresas e instituciones con sede en el territorio de la Unión Europea cuya actividad esté relacionada con la integración europea.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De conformidad con lo previsto en el artículo 29, párrafo 1º, letra j), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se establece que son órganos competentes para conceder ayudas y subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Segunda.- La base 9ª, apartado 3, de la Orden de 1 de abril de 2009, de convocatoria de las becas, dispone que en el plazo máximo de quince días desde la publicación de las listas con los resultados de la fase de concurso, el Director General de Asuntos Económicos con la Unión Europea, según los resultados obtenidos por el tribunal, propondrá al Consejero de Economía y Hacienda, un número máximo de 10 candidatos por orden de puntuación obtenida, becándose a los tres primeros.

En su virtud, y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- La concesión de dos becas para realizar prácticas en empresas e instituciones con sede en el territorio de la Unión Europea cuya actividad esté relacionada con la integración europea, por un importe de seis mil ciento treinta euros con treinta y tres céntimos (6.130,33 euros) a cada una de las siguientes candidatas:

- Marrero Martín, Marta.

- Ramos Ferrer, Helena.

Segundo.- La concesión de estas becas quedará condicionada, en primer lugar, a la aceptación por la beneficiaria en el plazo de treinta días desde la notificación de la presente Orden de concesión.

Tercero.- La forma de abono de las becas será la siguiente:

El importe íntegro de la beca se abonará una vez finalizado el proceso de selección y con anterioridad al inicio del período de prácticas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 337/1997, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el abono anticipado de las becas no requerirá la prestación de garantías.

Cuarto.- Según la base 1ª de la Orden de convocatoria de 1 de abril de 2009, la duración del período de prácticas será de seis meses, debiendo desarrollarse las prácticas en su totalidad o en su mayor parte durante el año 2009.

Quinto.- El plazo de justificación del cumplimiento de la finalidad de la beca será hasta el 31 de julio de 2010. A tal efecto, los beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos:

- certificado de la empresa en el que conste su valoración y conformidad con las labores realizadas por el becario durante el período de prácticas;

- una memoria final sobre el proyecto realizado o sobre las labores desempeñadas durante el período de prácticas, en esta memoria se deben explicar con suficiente detalle las labores y experiencia adquiridas durante el período de prácticas;

- certificación administrativa expedida por el Jefe de Servicio de Asuntos Europeos adscrito a la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea de acuerdo con el artículo 33.4 del Decreto 337/1997; para la obtención de esta certificación el beneficiario deberá presentar:

· una memoria de los gastos realizados durante el período de prácticas;

· documento o justificante que acredite el pago de los gastos de alojamiento (incluida la constitución de fianzas);

· factura y documentos que acrediten la realización de viajes de ida y vuelta al lugar donde se realicen las prácticas (a lo largo del período de duración de las prácticas se podrá realizar, con cargo a la beca, un máximo de dos viajes de ida y vuelta entre las islas y el lugar de la realización de las prácticas).

Sexto.- La aplicación presupuestaria que da cobertura al gasto es la 2009.10.11.612M.480.00 (línea de actuación 10.4060.02-Becas de prácticas y cursos de perfeccionamiento en temas europeos).

Séptimo.- Notificar la presente Orden a todos y cada uno de los interesados.

Octavo.- Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa de aquél o hasta tanto se produzca, en su caso, la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de agosto de 2009.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Manuel Soria López.

© Gobierno de Canarias