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BOC Nº 163. Viernes 21 de Agosto de 2009 - 1311

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

1311 - Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Humanos.- Resolución de 29 de julio de 2009, por la que se corrige error material en la Resolución de 6 de julio de 2009, que convoca concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo de Gestión de la Función Administrativa y Trabajador Social, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 144, de 27.7.09).

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Con fecha 27 de julio de 2009 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 6 de julio de 2009, por la que se convocó concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo de Gestión de la Función Administrativa y Trabajador Social, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 144, de 27.7.09).

De conformidad con lo previsto en el punto 5º de la base séptima del anexo I de la citada Resolución, desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la resolución provisional del concurso, los concursantes podrán modificar su solicitud mediante la presentación de una nueva instancia, que anulará totalmente la anterior.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, faculta a las Administraciones Públicas para rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Detectado error material en cuanto a la vinculación de las plazas, así como en los códigos, en la Resolución de esta Dirección General citada en el párrafo primero y de conformidad con lo señalado en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 28 del Decreto 123/1999, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del SCS (B.O.C. nº 92, de 14.7.99),

R E S U E L V O:

Primero.- Corregir el error advertido en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 6 de julio de 2009, por la que se convocó concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo de Gestión de la Función Administrativa y Trabajador Social, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud en el siguiente sentido:

- Anexo I:

- Base cuarta, punto 2º, párrafo 2º, queda redactado como sigue a continuación:

"las plazas de Atención Primaria se encuentran vinculadas territorial y funcionalmente a los Equipos de Atención Primaria de las Zonas Básicas de Salud y a los servicios centrales de las Gerencias de Atención Primaria y Gerencias de Servicios Sanitarios respectivas, por lo que el personal que obtenga plaza podrá ser destinado a cualquiera de los centros dependientes de la Zona o Zonas Básicas de Salud en que se encuentre la misma."

- Base cuarta, punto 3º, queda redactado como sigue a continuación:

"Podrán solicitarse, por orden de preferencia, parte o la totalidad de las plazas ofertadas, así como las que resulten vacantes como consecuencia del propio concurso, con las matizaciones establecidas en el apartado anterior, y sin perjuicio de lo dispuesto en la base sexta respecto a los concursantes forzosos. Si se desea solicitar las resultas que pudieran producirse habrán de indicarse también aquellos servicios centrales, Zonas Básicas de Salud, Hospitales o Gerencias de Servicios Sanitarios que se consideren oportunos, aunque en ellos no se oferten plazas."

- Base cuarta, punto 4º, queda redactado como sigue a continuación:

"La solicitud de plaza en servicios centrales, Zonas Básicas de Salud, Hospitales o Gerencias de Servicios Sanitarios, supone la petición de la totalidad de vacantes convocadas en los mismos, así como las que pudieran resultar vacantes en la resolución del concurso y por tanto susceptibles de ser adjudicadas en resultas, con las puntualizaciones establecidas en los apartados anteriores de esta base."

- Anexo II, punto 3. Se corrigen los códigos de la categoría de Técnico Titulado Medio, Trabajador Social en el ámbito de Atención Primaria de las Gerencias de Servicios Sanitarios del Área de Salud de La Palma y La Gomera, así como de las Gerencias de Atención Primaria de Gran Canaria y Tenerife, en los términos que se detallan como anexo I a la presente Resolución.

Segundo.- Se procede a la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

La solicitud se ajustará a lo establecido en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 6 de julio de 2009, por la que se convocó concurso de traslados voluntario para la provisión de plazas básicas vacantes de personal estatutario de las categorías de Grupo Técnico de la Función Administrativa, Grupo de Gestión de la Función Administrativa y Trabajador Social, adscritas a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 144, de 27.7.09), cuya redacción se mantiene igual, con excepción de las correcciones contenidas en la presente Resolución.

De conformidad con lo previsto en el punto 5º de la base séptima del anexo I de la Resolución de convocatoria, los concursantes que hayan presentado su solicitud podrán, en caso de que así lo estimen, modificar la misma hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones contra la resolución provisional del concurso mediante la presentación de una nueva instancia, que anulará totalmente la anterior.

Tercero.- Para garantizar el principio de igualdad de trato, el cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo finalizará, para la totalidad de concursantes, el día de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Resolución.

Asimismo, los restantes méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, en los términos previstos en el apartado segundo, párrafo primero, del resuelvo de la presente Resolución.

Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente correspondan, o bien potestativamente recurso de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la citada publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2009.- La Directora General de Recursos Humanos, María del Carmen Aguirre Colongues.

Ver anexos - páginas 19186-19187

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