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BOC Nº 164. Lunes 24 de Agosto de 2009 - 1314

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1314 - ORDEN de 10 de agosto de 2009, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocado por Orden de 23 de abril de 2008 (B.O.C. nº 84, de 25.4.08).

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Publicada por Resolución de la Dirección General de Personal de 4 de junio de 2009 (B.O.C. nº 116, de 18.6.09), la lista de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, procede realizar el nombramiento de los mismos como funcionarios en prácticas, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 23 de abril de 2008, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se hace pública la convocatoria de procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (B.O.C. nº 84, de 25.4.08).

Segundo.- Por Resolución de 4 de junio de 2009, de la Dirección General de Personal, se hacen públicas las listas de aspirantes para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (B.O.C. nº 116, de 18.6.09).

En el resuelvo segundo de esta Resolución se les dio a los aspirantes seleccionados un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para que presentaran los documentos que se enumeran en la base 11 de la Orden de convocatoria, a efectos de demostrar que reunían los requisitos establecidos en la base 2 de la misma.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria Decimoséptima de la citada Ley (B.O.E. nº 53, de 2.3.07).

El artículo 48 regula la fase de prácticas, estableciendo que una vez publicadas las listas de los aspirantes seleccionados, el órgano convocante procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los integrantes de éstas.

Segundo.- Orden de 23 de abril de 2008, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (B.O.C. nº 84, de 25.4.08).

De conformidad con el apartado 12.1 de la base 12, procede la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del nombramiento como funcionarios en prácticas, para el curso 2009/2010, de los aspirantes seleccionados en estos procedimientos, con excepción de aquellos que soliciten y obtengan aplazamiento de las prácticas para el siguiente curso escolar o se encuentren exentos de su realización.

Sin perjuicio de la duración efectiva de la fase de prácticas, desde el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios de carrera, los aspirantes seleccionados tendrán la condición de funcionarios en prácticas del Cuerpo correspondiente.

Tercero.- Por Resolución de 4 de junio de 2009, de la Dirección General de Personal, se hacen públicas las listas de aspirantes seleccionados a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (B.O.C. nº 116, de 18.6.09).

En el resuelvo quinto se establece que aquellos aspirantes que por causas debidamente justificadas y apreciadas por esta Consejería, precisen aplazamiento de la fase de prácticas, deberán solicitarlo, de no haberlo hecho antes, en todo caso, dentro del plazo establecido en el punto segundo anterior de la presente Resolución, mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, adjuntando los documentos acreditativos.

De acuerdo con todo los anterior y en virtud de las competencias que otorga el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), y los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06),

D I S P O N G O:

Primero.- Nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes que han sido seleccionados para la realización de las mismas en los procedimientos selectivos de ingreso y acceso convocados por Orden de 23 de abril de 2008 (B.O.C. nº 84, de 25.4.08) y que se relacionan en los anexos I, II, III y IV de esta Orden.

Segundo.- Conceder aplazamiento para la realización de la fase de prácticas durante el curso escolar 2010/2011, a los aspirantes que se relacionan en el anexo V de esta Orden.

Tercero.- Disponer que el nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos administrativos y económicos a partir de la toma de posesión en el centro docente de destino donde han sido nombrados para la realización de las mismas, considerándose desde esa fecha el inicio de la fase de prácticas a fin de computar como mínimo los tres meses y medios de servicios efectivos que establece el apartado 13.1 de la Orden de convocatoria.

Cuarto.- Establecer que, sin perjuicio de la duración efectiva de la fase de prácticas, a la que hace referencia el apartado anterior, la situación administrativa de los funcionarios que se relacionan en los anexos de esta Orden, excepto los del anexo V, hasta su nombramiento como funcionarios de carrera por el Ministerio de Educación, será la de funcionarios en prácticas.

Quinto.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Canarias, en el plazo de dos meses; dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que resulte pertinente.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de agosto de 2009.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES, p.s., EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA Y SEGURIDAD

(Decreto nº 141/2009, de 30 de julio),

José Miguel Ruano León.

Ver anexos - páginas 19237-19266

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