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BOC Nº 173. Viernes 4 de Septiembre de 2009 - 1357

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Otras Administraciones - Universidad de La Laguna

1357 - RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2009, por la que se rectifica la Resolución de 31 de julio de 2009, que convoca concurso público para la adjudicación de contratos en régimen laboral con duración determinada con cargo a proyectos y/o convenios de investigación (Ref. 2009_47, 2009_48, 2009_60, 2009_61, 2009_62) (B.O.C. nº 158, de 14.8.09).

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Se ha detectado error material en el texto de la Resolución de este Rectorado de 31 de julio de 2009, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos en régimen laboral con duración determinada con cargo a proyectos y/o convenios de investigación (Ref. 2009_47, 2009_48, 2009_60, 2009_61, 2009_62) (B.O.C. nº 158, de 14.8.09).

El error se produce en la titulación académica requerida para poder participar en el proceso selectivo cuyo número de referencia es el 2009_47.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, procede la rectificación de la Resolución indicada en el párrafo primero, en los aspectos afectados por el error material descrito.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Rectificar el error material advertido en el texto de la página 18474 del Boletín Oficial de Canarias de 14 de agosto de 2009, en los requisitos, titulación académica, donde dice:

"TITULACIÓN SUPERIOR RELACIONADA CON COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (LICENCIADO EN BELLAS ARTES O PERIODISMO)."

Debe decir:

"TITULACIÓN SUPERIOR AFÍN AL ÁREA DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL".

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- El plazo de 5 días hábiles para la presentación de solicitudes de participación, a que se refiere la base 6.2 de la Resolución que se rectifica, empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Rector, en el plazo de un mes, a partir de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a partir de su publicación. Si se optara por el recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del primero, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La Laguna, a 20 de agosto de 2009.- El Rector Accidental, Lorenzo Moreno Ruiz.

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