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BOC Nº 181. Martes 15 de Septiembre de 2009 - 3587

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

3587 - EDICTO de 20 de julio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000756/2008.

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Dña. Beatriz Rallo Valluerca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, bajo el nº 0000756/2008, seguidos a instancia de D./Dña. Lorenzo Martín de Armas, Miguel Martín de Armas, María del Pino Martín de Armas y Sergio Horacio Martín de Armas, representados por la Procuradora Dña. Enma Crespo Ferrándiz, Desconocido, Desconocido y Desconocido, y dirigidos por el Letrado D. José Enrique Marrero Martel, Desconocido, Desconocido y Desconocido, contra RL Advange, S.L., Rafael López Cabrera y Herencia Yacente y Desconocidos Herederos del Difunto D. Rafael López Rodrigo, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO:

Que estimando la demanda interpuesta por D. Lorenzo, D. Miguel, Dña. María del Pino y D. Sergio Horacio Martín de Armas contra RL Advange, Sociedad Limitada, D. Rafael López Cabrera, la Herencia Yacente y Desconocidos Herederos del Difunto D. Rafael López Rodrigo, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados al pago de 180.303 euros, más los intereses legales; y todo ello imponiendo a la parte demandada las costas de esta primera instancia.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, Herencia Yacente y Desconocidos Herederos del Difunto D. Rafael López Rodrigo expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de julio de 2009.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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