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BOC Nº 184. Viernes 18 de Septiembre de 2009 - 3612

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

3612 - Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de julio de 2009, que notifica la caducidad del expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de Los Mugaretes del Clavo, en el término municipal de Gáldar (Gran Canaria).

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Habiendo sido intentada la notificación personal a los interesados que se relacionan en el anexo adjunto, en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92) en su redacción actual dada por la Ley 4/1999, de 23 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de conformidad con el apartado quinto del antes mencionado artículo,

R E S U E L V O:

Único.- Notificar mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en los tablones de edictos de los Ayuntamientos en los últimos domicilios conocidos la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, nº 606/2008, de 14 de julio, que dice textualmente:

"Examinado el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de Los Mugaretes del Clavo, en el término municipal de Gáldar, isla de Gran Canaria, y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias, de 19 de mayo de 1989 (B.O.C. nº 101, de 26.7.89) se incoa expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica a favor de Los Mugaretes del Clavo, en el término municipal de Gáldar.

Segundo.- Por Decreto 152/1994, de 21 de julio, se transfieren funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico.

Tercero.- Por Decreto del Consejero de Cultura y Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, de 13 de octubre de 2004, se elevó el expediente al Gobierno de Canarias, teniendo entrada el mismo en la Dirección General de Patrimonio Histórico el 25 de octubre de 2004.

Cuarto.- Por medio de escrito de 20 de febrero de 2004, Dña. María Nieves Alonso Viera, formuló denuncia de mora en dicho procedimiento, sin que haya recaído resolución en el plazo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Requerida el 14 de abril de 2008, a fin de que acreditara su condición de interesada, el día 24 de junio siguiente lo hace aportando a tal fin copia del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles correspondientes a 2007 devengado en su condición de titular de una finca en el lugar denominado la Furnia, localizada dentro del espacio afectado por el expediente que nos ocupa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- El artº. 9.3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (B.O.C. nº 155, de 29 de junio), establece que el expediente deberá resolverse en el plazo máximo de veinte meses a partir de la fecha en que hubiere sido incoado. La caducidad del expediente se producirá transcurrido dicho plazo si se ha denunciado la mora y siempre que no haya recaído resolución en los cuatro meses siguientes a la denuncia.

De acuerdo con lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Régimen Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), y el Decreto 359/2007, de 25 de septiembre, por el que se delega la competencia en materia de resolución de caducidad en los expedientes de declaración de bien de interés cultural en la titular de la consejería competente en materia de Cultura,

D I S P O N G O:

Primero.- Declarar la caducidad del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, a favor de Los Mugaretes del Clavo, en el término municipal de Gáldar, isla de Gran Canaria, con efectos de 19 de enero de 1991.

Segundo.- Notificar la presente Orden a los interesados, de conformidad con el artº. 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante este mismo Órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, significando que en el caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer."

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de julio de 2009.- La Directora General de Cooperación y Patrimonio Cultural, María Aránzazu Gutiérrez Ávila.

A N E X O I

- AYALA AGUIAR, ÓSCAR

- DELGADO ALMEIDA, FRANCISCO

- FÁBRICA DE PIENSOS AVIGAN, S.A.

- GONZÁLEZ PÉREZ, MARÍA DE LOS ÁNGELES

- GUTIÉRREZ PADRÓN, JUAN

- RAMOS NAVARRO, AGUSTÍN

- RODRÍGUEZ MOLINA, INÉS

- RODRÍGUEZ QUESADA, IGNACIO (HEREDEROS DE)

- SOSA CORUJO, JUAN JOSÉ

- VEGA SAAVEDRA, ANTONIO

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