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BOC Nº 187. Miércoles 23 de Septiembre de 2009 - 1433

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1433 - Dirección General de Personal.- Resolución de 7 de septiembre de 2009, por la que se elevan a definitivas las listas de aspirantes seleccionados y se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes que superaron el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 24 de abril de 2009.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 24 de abril de 2009, se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2009 (B.O.C. nº 80, de 28.4.09).

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en la base 10.2 de la citada Orden de 24 de abril de 2009, la propuesta final de los aspirantes seleccionados por los tribunales, conformados al efecto, fueron expuestas en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales e Insulares de Educción, así como en la página Web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Tercero.- Por parte de las Direcciones Territoriales de Educación se ha comprobado que los aspirantes han presentado la documentación solicitada en la base número 10.3 de la Orden de convocatoria en el plazo que en la misma se establece, así como que cumplen con los requisitos exigidos en la base número 2 de la Orden de convocatoria.

De la documentación presentada por los aspirantes, la Dirección Territorial de Santa Cruz de Tenerife ha constatado que la aspirante Dña. Sarah Lynne Watkin, del tribunal número 2 de Idioma Extranjero: Inglés, con sede en Santa Cruz de Tenerife, no reúne el requisito de titulación, al poseer la aspirante un título universitario obtenido en el Reino Unido y no constar en el mismo la correspondiente homologación del Ministerio de Educación.

Asimismo, se constata, por la misma Dirección Territorial de Educación de Tenerife, que la aspirante Dña. María de las Nieves García Marante, seleccionada por el turno de minusvalía en el tribunal número 1 de Educación Infantil con sede en Santa Cruz de Tenerife, no justifica, con el correspondiente certificado, su condición de minusválida.

Como consecuencia de lo antedicho, Dña. Sarah Lynne Watkin decae en su derecho a ser seleccionada y nombrada funcionaria en prácticas, quedando, por tanto, una plaza sin adjudicar.

De igual modo, Dña. María de las Nieves García Marante decae en su derecho a ser seleccionada y nombrada funcionaria en prácticas, quedando, asimismo, una plaza sin adjudicar.

Cuarto.- La base 1.2 de la Orden de convocatoria señala que las plazas por especialidades se distribuirán entre los tribunales proporcionalmente al número de aspirantes que haya realizado la parte A de la prueba de la fase de oposición. Asimismo, señala que: "las plazas que no resulten cubiertas en un tribunal y especialidad se distribuirán entre los demás tribunales de la misma especialidad siguiendo el criterio proporcional establecido en el párrafo anterior".

Por otro lado, la misma base 1.2 en su último párrafo especifica que "las plazas reservadas a personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior la 33 por ciento que no resulten cubiertas, se acumularán a las ofertadas en el turno de ingreso libre del tribunal al que estaban asignadas".

En aplicación de estas bases se procede al examen de las listas de aspirantes aprobados sin plaza de los tribunales de Idioma Extranjero: Inglés y del tribunal número 1 de Educación Infantil con sede en Santa Cruz de Tenerife.

Comprobadas las mismas se constata que, en la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, el único tribunal que tiene aspirantes aprobados sin plaza es el tribunal número 1 con sede en Santa Cruz de Tenerife y que en la especialidad de Educación Infantil el tribunal número 1 con sede en Santa Cruz de Tenerife tiene aspirantes aprobados que no han sido seleccionados.

En consecuencia, en la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés le corresponde resultar seleccionada y ser nombrada funcionaria en prácticas a la aspirante Dña. Silvia Bustelo Campos, aspirante que se presentó por el tribunal número 1 con sede en Santa Cruz de Tenerife, por haberse adjudicado todas las plazas en el tribunal número 2 y ser la aspirante con la mayor nota final global de todas las seleccionadas sin plaza.

De igual modo, en la especialidad de Educación Infantil al haber aspirantes del turno libre aprobados sin plaza en el tribunal número 1 con sede en Santa Cruz de Tenerife, le corresponde resultar seleccionada a Dña. María Isabel López Fernández por haber obtenido la mayor nota final global de todos los aspirantes seleccionados sin plaza de dicho tribunal.

Quinto.- De acuerdo con lo establecido en la base 10.6 de la Orden de convocatoria, las aspirantes propuestas como seleccionadas, Dña. Yohan Claude Humbert, Dña. Teresa Tascón Fernández y Dña. Evelia Domínguez Díaz han solicitado a esta Dirección General de Personal aplazamiento de la fase de prácticas por un curso académico, solicitudes que han sido consideradas y estimadas por Resolución de este Centro Directivo.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso al que se refiere la Disposición Transitoria Decimoséptima de la citada Ley (B.O.E. nº 83, de 2.3.07), en cuanto sea de aplicación.

Concretamente, el artículo 13 de este Decreto establece como requisito específico para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, apartado 1, el estar en posesión del título de Maestro o el título de Grado correspondiente. Añadiéndose en el artículo 14 que los requisitos exigidos deben reunirse en la fecha en que finalicen los plazos de presentación de instancias y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.

Segundo.- Orden de 24 de abril de 2009, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso al Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2009 (B.O.C. nº 80, de 28.4.09).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la Orden de convocatoria recoge en la base número 2.4 que para ser admitidos a los procedimientos selectivos los aspirantes deberán poseer, a la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera, los requisitos enumerados en la presente base.

Entre los requisitos enumerados figura, en el punto g) de dicha base, el estar en posesión del título de Maestro o de Grado correspondiente, el título de Profesor de Educación General Básica o el título de Maestro de Enseñanza Primaria.

Asimismo, se especifica que: "en el caso de que dichos títulos se hayan obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente credencial de homologación, según el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (B.O.E. nº 55, de 4.3.04), o su reconocimiento al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE, del Consejo de las Comunidades Europeas de 21 de diciembre de 1988 y el Real Decreto 1.665/1991, de 25 de octubre (B.O.E. nº 280, de 22.11.91).

Por otra parte, la base 1.2 de la precitada Orden de convocatoria indica que: "las plazas reservadas a personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento que no resulten cubiertas, se acumularán a las ofertadas en el turno de ingreso libre del tribunal al que estaban asignadas", y la base número 10.6 recoge la posibilidad de que los aspirantes soliciten el aplazamiento de la fase de prácticas por un curso académico, por causas debidamente justificadas y apreciadas por esta Dirección General de Personal.

De acuerdo con todo lo anterior y en virtud de las competencias que otorga el artículo 13 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06),

R E S U E L V O:

Primero.- Elevar a definitiva la lista de seleccionados conforme se determina en el anexo I en todos las especialidades derivadas de la Orden convocatoria de 24 de abril de 2009.

Segundo.- Nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes que quedan seleccionados para la realización de la misma y que figuran en el anexo II de esta Resolución.

Tercero.- Excluir del procedimiento selectivo a Dña. Sarah Lynne Watkin, con D.N.I. X7993458S, por no reunir el requisito de titulación, al presentar un título universitario obtenido en el Reino Unido no homologado por el Ministerio de Educación y, por tanto, incumplir lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, y la base 2.4 de la Orden de 24 de abril de 2009, decayendo, en consecuencia, en su derecho de ser nombrada funcionaria en prácticas.

Cuarto.- Excluir del procedimiento selectivo a Dña. María de las Nieves García Marante, con D.N.I. 78852990C, aspirante seleccionada por el tribunal número 1 de Educación Infantil con sede en Santa Cruz de Tenerife por el turno de minusvalía sin haber acreditado un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, tal como exige la base 2.2 de la Orden de convocatoria, decayendo, en consecuencia en su derecho de ser nombrada funcionaria en prácticas.

Quinto.- Nombrar funcionarias en prácticas a Dña. Silvia Bustelo Campos, con D.N.I. 31242700Y, por la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, y a Dña. María Isabel López Fernández, con D.N.I. 45450181L, por la especialidad de Educación Infantil.

Sexto.- Conceder el aplazamiento de la fase de prácticas para el curso escolar 2009/2010 a las aspirantes Dña. Yohan Claude Humbert, con D.N.I. X4916669M, a Dña. Teresa Tascón Fernández, con D.N.I. 09760359X y a Dña. Evelia Domínguez Díaz, con D.N.I. 43290530E, que deberán realizarla, de acuerdo con lo dispuesto en la base número 13.3 de la Orden de convocatoria, en el curso 2010/2011.

Séptimo.- Disponer que el nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos administrativos y económicos a partir de la toma de posesión en el centro docente de destino donde han sido nombrados para el curso escolar 2009/10, considerándose desde esa fecha el inicio de la fase de prácticas a fin de computar los tres meses y medio de servicios efectivos que establece la base 13.1 de la Orden de convocatoria.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de septiembre de 2009.- La Directora General de Personal, María Teresa Covisa Rubia.

Ver anexos - páginas 20817-20844

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