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BOC Nº 193. Jueves 1 de Octubre de 2009 - 3783

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

3783 - Dirección General de Ganadería.- Anuncio de 18 de septiembre de 2009, por el que se hace pública la Resolución de 14 de septiembre de 2009, que otorga el reconocimiento oficial de determinadas organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura, concedido por silencio administrativo.

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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a dar publicidad a la Resolución de esta Dirección General que se transcribe a continuación:

"Resolución de 14 de septiembre de 2009 de la Dirección General de Ganadería por la que se otorga el reconocimiento oficial de determinadas organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura, concedido por silencio administrativo.

Visto el expediente de referencia y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo (B.O.E. nº 142, de 14.6.01) modificado por el Real Decreto 1.557/2005, de 23 de diciembre (B.O.E. nº 110, de 12.1.06) regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura, disponiendo su artículo 3.2 que el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones le corresponde a la Comunidad Autónoma en la que radique la sede oficial de la entidad solicitante, a solicitud de ésta, especificándose la raza o razas para las que se solicita, y tras acreditar el cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 4 del citado Real Decreto.

Segundo.- Con fecha 28 de marzo de 2008, fue presentada solicitud de reconocimiento por la "Asociación para la conservación del Perro Majorero", con NCI G1/S1/14760-08/F. Una vez examinada la solicitud por el Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera, se constata que procede aprobar el reconocimiento oficial por silencio positivo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para otorgar el reconocimiento oficial de determinadas organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura es la Dirección General de Ganadería, en base a lo dispuesto en el artº. 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artº. 1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y alimentación aprobado por Decreto 31/2007, de 5 de febrero, y por extensión para confirmar el reconocimiento concedido por silencio administrativo positivo.

Segundo.- En aplicación de lo dispuesto en los artículos 42.3.b) y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el plazo máximo en el que la Administración debe de notificar resolución expresa será de tres meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación, transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa legítima a los interesados éstos podrán entender estimadas por silencio administrativo sus solicitudes en todos los casos, salvo que una norma con rango de Ley o norma de Derecho Comunitario Europeo establezca lo contrario. Todo ello sin perjuicio de la resolución que la Administración debe dictar en la forma prevista en el apartado 4 del artículo 43. A la vista de la fecha en que la solicitud fue presentada se determina que el plazo señalado ha transcurrido.

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 3.4 del Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, modificado por el Real Decreto 1.557/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento oficial de las organizaciones o asociaciones de criadores de perros de raza pura, la autoridad competente realizará controles periódicos para comprobar que en las asociaciones u organizaciones reconocidas se mantiene el cumplimiento de los requisitos establecidos, a cuyo efecto podrá designar inspectores de raza. Se podrá declarar extinguido este reconocimiento si como consecuencia de estas inspecciones o controles realizados se comprobara el incumplimiento de alguno de los requisitos correspondientes.

En virtud de lo anterior y en uso de la competencia atribuida, por la presente

R E S U E L V O:

Primero.- Confirmar el Reconocimiento Oficial otorgado por silencio administrativo positivo de organización o asociación de criadores de perros de raza pura a la entidad, "Asociación para la conservación del Perro Majorero", con NCI G1/S1/14760-08/F.

Segundo.- La asociación reconocida, deberá cumplir con lo dispuesto en el citado Real Decreto 558/2001, de 25 de mayo, así como en la restante normativa de aplicación, quedando condicionado el presente reconocimiento a su cumplimiento.

Tercero.- Que se notifique a los interesados la presente Resolución, haciendo constar que la misma no agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura y Ganadería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- Santa Cruz de Tenerife, a 14 de septiembre de 2009.- El Director General de Ganadería, Marcelino Umpiérrez Figueroa.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de septiembre de 2009.- El Director General de Ganadería, Marcelino Umpiérrez Figueroa.

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