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BOC Nº 207. Jueves 22 de Octubre de 2009 - 4002

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Arona

4002 - EDICTO de 23 de junio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0001105/2008.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 6 de Arona.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0001105/2008.

PARTE DEMANDANTE: C.P. Cristimar.

PARTE DEMANDADA: Dña. María Charlotte Marie Aerts y D. José Belisario Olmo Delgado.

SOBRE: recl. de cantidad.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

En Arona, a veintidós de junio de dos mil nueve.

En nombre de S.M., el Rey.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Lourdes Platero Parada, Magistrado Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Arona (Tenerife) y de su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad seguidos con el nº 1105/08 a instancias del Procurador de los Tribunales Sr. Galindo Ramos en nombre y representación de Comunidad de Propietarios del Edificio Cristimas, asistido por el Letrado Sr. Santana Urdal frente a José Belisario Olmo Delgado y María Charlotte Marie Aerts, en rebeldía, y resultando los siguientes,

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Galindo Ramos en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Cristimas, frente a José Belisario Olmo Delgado y María Charlotte Marie Aerts y debo condenar a este último a abonar la cantidad de 2.148,36 euros al actor, más intereses y a las costas de este juicio.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de su notificación.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada y leída la anterior sentencia por la Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública el día de la fecha. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 23 de junio de 2009 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia de 22 de junio de 2009.

En Arona, a 23 de junio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En Arona, a 23 de junio de 2009.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

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