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BOC Nº 209. Lunes 26 de Octubre de 2009 - 1583

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1583 - ORDEN de 13 de octubre de 2009, por la que se adscriben determinados servicios a la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Decreto 142/2006, de 17 de octubre, modifica la relación de puestos de trabajo de los Órganos Centrales y Direcciones de Área de Salud y los puestos reservados a personal funcionario y laboral de las Gerencias de Atención Primaria y de las Gerencias de Servicios Sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

Segundo.- El citado Decreto establece que el Servicio de Infraestructura y el Servicio de Contratación de Infraestructura dependen orgánica y funcionalmente de la Dirección General de Recursos Económicos.

Se tendrán en consideración los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- A fin de perseguir la calidad de los servicios ofrecidos a los ciudadanos y la eficacia en la gestión de las funciones, así como para promover la reorganización interna de los departamentos, se considera necesario adaptar la citada organización administrativa en aras a la racionalización de su estructura.

Segundo.- La Disposición Adicional Quinta del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que el Gobierno podrá disponer la adscripción de puestos de trabajo, y de los funcionarios titulares de los mismos, a otras unidades o centros de otro Departamento, siempre que no se modifiquen las características y funciones esenciales de los mismos. Cuando dicha adscripción se realice dentro de un mismo Departamento, la competencia corresponderá al titular de éste. (...).

Tercero.- La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 72 que en el marco de sus competencias de autoorganización, las Administraciones Públicas estructuran sus recursos humanos de acuerdo con las normas que regulan la selección, la promoción profesional, la movilidad y la distribución de funciones y conforme a lo previsto en este Capítulo.

Cuarto.- Conforme establece el artículo 29, apartado b), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, los Consejeros dirigen sus respectivos departamentos y en tal condición les corresponde: b) Desempeñar la Jefatura Superior de Personal.

En virtud de la competencia anteriormente referida,

R E S U E L V O:

Primero.- Adscribir a la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud el personal que presta funciones en el Servicio de Infraestructura, con sus funciones inherentes.

Segundo.- Adscribir a la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud el personal que presta funciones en el Servicio de Contratación de Infraestructura, con sus funciones inherentes.

Tercero.- Instar a la Dirección General de Recursos Humanos a iniciar los trámites correspondientes para la modificación de la relación de puestos de trabajo del Servicio Canario de la Salud.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de octubre de 2009.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María Mercedes Roldós Caballero.

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