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BOC Nº 214. Lunes 2 de Noviembre de 2009 - 1618

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1618 - Dirección General de Energía.- Resolución de 12 de agosto de 2009, por la que se declara de utilidad pública la Instalación de Generación de Energía Eléctrica denominada Parque Solar Fotovoltaico de 1,1 MW, en Arico (Tenerife).- Expte. 06/3054.

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Examinado el procedimiento iniciado con fecha 11 de junio de 2008, por solicitud de Sol de Medianoche, S.L., con C.I.F. B-35.988.385, y domicilio en calle Juan Manuel Durán, 42 del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, referente a la declaración de utilidad pública del proyecto de la Instalación de Generación de Energía Eléctrica denominada "Parque Solar Fotovoltaico de 1,1 MW", se informa de lo siguiente:

Resultando que se solicita declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, de acuerdo con el artículo 52.1 de la Ley del Sector Eléctrico y con el artículo 140, capítulo V, del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica.

Considerando que dicho proyecto e información complementaria contemplan, según Resolución de la Dirección General de Energía de 14 de marzo de 2008, DGIE-832, Instalación de Generación de Energía Eléctrica, cuyas principales características son:

· Instalaciones Generación: 11 plantas de 100 KW, de tipo panel fijo inclinado (Denominación: PS1 a PS 11).

· Centros de Transformación:

- Tipo: prefabricados de superficie.

- Número: seis (6).

- Potencia unitaria: 5 (2 x 100) kVA + l x 100 kVA.

· Centro de Reparto: tipo subterráneo de 4,8 x 2,5 x 3,3 m.

· Interconexión: canalizaciones subterráneas MT con cables HEPRZ1 12/20KV, 240 mm2.

· Punto de conexión: apoyo AP 405650, línea 20 KV, Arico.

Resultando que para la ejecución de la instalación se solicitan las servidumbres que se relacionan:

Ver anexos - páginas 23382-23383

Resultando que se ha sometido al trámite de información pública, mediante anuncio con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 161/2006 y el artículo 144 del Real Decreto 1.955/2000, durante un plazo de 20 días, en:

- El Periódico Canarias 7: el día 16 de enero de 2009, en la página 26.

- El Boletín Oficial de Canarias, con fecha miércoles, 11 de marzo de 2009 (B.O.C. nº 48).

- El Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, de 3 de junio de 2009.

- Tablón de edictos del Ayuntamiento de Arico, del 7 de enero de 2009 al 29 de enero de 2009, sin que se haya presentado reclamación alguna, según certificado de publicación emitido al efecto con fecha 3 de febrero de 2009.

Resultando que mediante Sentencia del Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona, se falla declarar la constitución de servidumbre legal de paso para personas, animales y vehículos a través de la parcela 180, del polígono 7 del término municipal de Arico, partiendo del camino público y de forma que discurra por el carril existente en la parcela, pasando por la izquierda del muro de piedra de la huerta, sin afectar a ésta, y paralela al muro en dirección a la parcela 208.

Considerando que conforme a las siguientes disposiciones:

- Real Decreto 2.575/1982, de Presidencia del Gobierno, de 24 de julio de 1982, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria y Energía.

- Decreto 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias.

- Decreto 301/2007, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias.

La Comunidad Autónoma de Canarias, y dentro de ella, la Dirección General de Energía de la Viceconsejería de Industria y Energía, es el Órgano competente en materia energética.

Por todo ello el técnico que suscribe propone:

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la Instalación de Generación de Energía Eléctrica denominada "Parque Solar Fotovoltaico de 1,1 MW", en el término municipal de Arico (Tenerife).

Esta Resolución se otorga conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley del Sector Eléctrico y con el artículo 140, capítulo V, del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y bajo las condiciones siguientes:

1º) La presente Resolución, de acuerdo con el artículo 148 del Real Decreto 1.955/2000, deberá ser publicada en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia de Tenerife.

2º) El procedimiento de expropiación se realizará de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 150 del Real Decreto 1.955/2000, conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, y a tal efecto se consideran afectados los bienes y derechos que a continuación se relacionan:

Ver anexos - página 23384

No se consideran en esta relación las servidumbres de paso por camino existente que se incluyen en la solicitud de Declaración de Utilidad Pública, al reconocerse la servidumbre legal solicitada en la referida sentencia judicial.

3º) Cualquier alteración importante de las características de la instalación producirá la anulación de la presente, y exigirá el inicio de un nuevo trámite administrativo.

4º) Esta autorización es independiente de cualquier otra que reglamentariamente sea obligatoria disponer.

5º) La Administración podrá dejar sin efecto la presente autorización e instruir el correspondiente expediente sancionador, en su caso, en cualquier momento en que compruebe el incumplimiento de la normativa vigente o de las condiciones impuestas en la presente autorización.

El Ingeniero Industrial, Víctor S. Ramos Fernández, Vº.Bº.: el Jefe de Servicio de Instalaciones Petrolíferas y Energías Renovables, Joaquín N. González Vega.

El Director General ha resuelto lo siguiente:

Visto lo anteriormente expuesto, se estima la propuesta citada, la cual deberá cumplirse en los términos y plazos indicados.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Viceconsejero de Industria y Energía, en el plazo de un mes contado partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de agosto de 2009.- El Director General de Energía, Adrián Mendoza Grimón.

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