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BOC Nº 214. Lunes 2 de Noviembre de 2009 - 4158

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4158 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 19 de octubre de 2009, del Director, relativo a notificación a D. Segundino García Mesa, de requerimiento de documentación para la tramitación de su solicitud de subvención a los efectos de acogerse a las subvenciones previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", regulado en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a D. Segundino García Mesa, del requerimiento de fecha de 26 de agosto de 2009, y número de registro 551354, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento de documentación preceptiva para la tramitación de subvenciones del programa promoción del empleo autónomo.

En relación con su solicitud de fecha 3 de julio de 2009, presentada en estas dependencias el día 23 de julio de 2009, con el número de registro de entrada 1003280, a los efectos de acogerse a la Subvención por el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia, de las previstas en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (B.O.E. nº 136, de 7.6.07), se le requiere para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, presente ante este organismo dos copias debidamente compulsadas de la siguiente documentación:

· Certificación acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento con la Seguridad Social (toda vez que el solicitado telemáticamente por este Organismo, aparece como que tiene reclamaciones de deuda pendiente)

La subsanación de las deficiencias señaladas en los párrafos anteriores, dentro del plazo establecido, significa la admisión a trámite de su solicitud, si bien no presupone la aprobación de la subvención interesada.

Una vez transcurrido este plazo, sin que se hubiese cumplimentado este trámite, este Organismo, en aplicación de lo recogido en el artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que será dictada en los términos recogidos en el artículo 42 de la Ley citada. En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de agosto de 2009. La Jefa de Sección de Promoción de la Economía Social I, Araceli García Santamaría".

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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