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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), por la presente comunicación se procede a notificar la Orden dictada en el expediente sancionador incoado por infracción administrativa en materia de pesca marítima en aguas interiores, al no haber sido posible su notificación, en el domicilio conocido del interesado.
Podrá la persona expedientada o su representante legal acreditado, comparecer en las dependencias de la Viceconsejería de Pesca, en el Servicio de Inspección Pesquera, sito en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, 10, 1º, Las Palmas de Gran Canaria, de lunes a viernes, en horario de 9 a 13 horas, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, para obtener el contenido íntegro de la mencionada Orden.
Asimismo, contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en función de la sede del órgano que dictó el acto recurrido o ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de la Comunidad Autónoma de Canarias, donde tenga su domicilio el recurrente y, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
EXPEDIENTE SANCIONADOR Nº: 97/09.
EXPEDIENTADO: D. Borja Viera Artiles.
D.N.I.: 54.082.222-E.
INFRACCIÓN: artículo 70.3, apartado h), de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias (B.O.C. nº 77, de 23 de abril).
SANCIÓN: trescientos un (301) euros.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de octubre de 2009.- El Viceconsejero de Pesca, Francisco Antonio López Sánchez.
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