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BOC Nº 217. Jueves 5 de Noviembre de 2009 - 4224

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

4224 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 26 de octubre de 2009, relativo a notificación de la Resolución de 2 de octubre de 2009, por la que se inicia expediente de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Farmacia X, sito en el Camino a Los Toscales, 146, Arona, con LTF-878, otorgada a favor de D. José Domingo Oliva Fumero y de los boletines de instalación de las máquinas recreativas TF-B-24.668 y TF-B-25.323.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución de la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación de fecha 2 de octubre de 2009, por la que se inicia expediente de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Farmacia X, sito en el Camino a Los Toscales, 146, Arona, con LTF-878, otorgada a favor de D. José Domingo Oliva Fumero, y de los boletines de instalación de las máquinas recreativas TF-B-24.668 y TF-B-25.323, en el domicilio que figura en el citado expediente, sin que haya podido practicarse al titular del local, de conformidad con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), se procede a su publicación.

"Examinado el expediente de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Farmacia X, sito en el Camino a Los Toscales, 146, Arona, con LTF-878, otorgada a favor de D. José Domingo Oliva Fumero y de los boletines de instalación de las máquinas recreativas TF-B-24.668 y TF-B-25.323.

Vista la propuesta formulada por el Jefe de Servicio de Gestión del Juego.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Resolución de fecha 30 de julio de 2002, de esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación, previo expediente tramitado al efecto, se autorizó la instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Farmacia X, sito en el Camino a los Toscales, 146, Arona, con LTF-878, a instancias de D. José Domingo Oliva Fumero, con N.I.F. 43779577C, habiéndose aportado al expediente Resolución de fecha 31 de mayo de 2002 por la que se habilita al establecimiento Bar Farmacia X, para la instalación de máquinas recreativas sin perjuicio de obtener la licencia municipal de apertura o, en su caso, la calificación de la actividad por el Cabildo Insular.

2º) Con fecha 10 de junio del presente año, por parte del Servicio de Gestión del Juego se requirió al titular de la autorización la aportación de la licencia de apertura, otorgándose al efecto un plazo de diez días, habiendo transcurrido en exceso el mencionado plazo sin que se aportara la licencia requerida ni documentación alguna.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Las competencias funcionales en esta materia se regulan por la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas y por el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 71.a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 22/2008, de 19 de febrero, esta Dirección General de Administración Territorial y Gobernación es competente para el inicio y resolución de este expediente.

Tercera.- Que el procedimiento a seguir en la tramitación de este expediente se ajusta a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a la Ley 6/1999, de 26 de marzo, de los Juegos y Apuestas y el Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiéndose resolver el mismo dentro del plazo establecido en la citadas disposiciones.

Cuarta.- Que el artículo 5 de la Ley 6/1999, establece: Autorizaciones administrativas: 1. La organización y explotación de los juegos y apuestas objeto de la presente Ley e incluidos en el Catálogo de Juegos y Apuestas de Canarias, tan sólo podrá tener lugar previa la correspondiente autorización administrativa.

Por su parte, el artículo 46 del vigente Decreto 162/2001, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone: "Régimen de las autorizaciones a bares, cafeterías y restaurantes para instalar máquinas recreativas.

1. Las autorizaciones para la instalación de máquinas recreativas en bares, cafeterías y restaurantes, tendrán eficacia mientras lo sea la licencia municipal de apertura, salvo que concurra alguno de los supuestos previstos en los puntos siguientes.

2. Las autorizaciones de instalación podrán ser revocadas por pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento".

Asimismo, el artº. 39.1.c) del susodicho Reglamento dispone que constituye causa de extinción del boletín de instalación la extinción de la autorización de instalación del establecimiento.

No habiéndose acreditado la existencia de licencia de apertura, exigida por el artículo 45 del mencionado Reglamento, procede iniciar expediente de revocación de la autorización de instalación de máquinas recreativas y consecuentemente del/de los boletín/es de instalación de la máquina recreativa allí instalada.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

1º) Iniciar expediente administrativo de revocación de la autorización administrativa de instalación de máquinas recreativas en el local, denominado Bar Farmacia X, sito en el Camino a Los Toscales, 146, Arona, con LTF-878, otorgada a favor de D. José Domingo Oliva Fumero y de los boletines de instalación de las máquinas recreativas TF-B-24.668 y TF-B-25.323, al no haberse acreditado la existencia de licencia municipal de apertura.

2º) Que se notifique la presente Resolución a D. José Domingo Oliva Fumero, así como a la empresa operadora Comercial Junior Games, S.L., como titular de la máquina recreativa, concediéndoles, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la Resolución de inicio, para que formule las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.- Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández."

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2009.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan Jesús Ayala Hernández.

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