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BOC Nº 222. Jueves 12 de Noviembre de 2009 - 1675

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1675 - ORDEN de 27 de octubre de 2009, por la que se encomienda la gestión de la prestación por la entidad Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A. de determinados servicios de colaboración y asistencia técnica al órgano recaudatorio del Servicio Canario de la Salud.

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Entre las funciones del Servicio Canario de la Salud se encuentran la gestión de Tesorería y ordenación de pagos, conforme reconoce el artº. 12.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud.

Más concretamente, el artículo 21 del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Regulador de la Actividad Económico-Financiera del Servicio Canario de la Salud, establece que "La Dirección General de Recursos Económicos ejerce la administración, gestión y recaudación de sus derechos económicos, sin perjuicio de los controles que la Ley establece". Y en el apartado segundo del artículo anterior se determina que la "gestión de cobro en período voluntario de los precios públicos corresponde a la administración del centro, servicio o establecimiento integrado o adscrito en el Servicio Canario de la Salud", indicando el apartado cuarto del mencionado artículo que "no obstante, la gestión de la recaudación prevista en los párrafos anteriores podrá realizarse directamente o a través de entidades públicas o privadas".

Que por Decreto 191/1994, de 30 de septiembre, se creó la empresa pública Urgencias Sanitarias Canarias 061, S.A. adscrita a la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. Que mediante el Decreto 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se asignan a la Consejería de Sanidad y Consumo competencias que tenía encomendadas la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, adscribiéndose a aquel nuevo Departamento la empresa pública Urgencias Sanitarias Canarias 061, S.A., en virtud de Acuerdo de Gobierno de 11 de septiembre de 1995.

Que el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el 4 de julio de 1996, adoptó, entre otros acuerdos, ampliar el objeto social de la empresa, figurando entre su objeto actual, gestionar la facturación y cobro de los ingresos de órganos administrativos, actuando como entidad colaboradora de recaudación.

Posteriormente, y en virtud de escritura pública de fecha 19 de febrero de 1997, se modificó su denominación, pasando a ser Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A.

Con fecha 2 de enero de 1998 el Servicio Canario de la Salud y la Sociedad Anónima Gestión Sanitaria de Canarias acordaron formalizar convenio de colaboración para la prestación del servicio de gestión en vía ordinaria de los débitos del Servicio Canario de la Salud.

La entrada en funcionamiento del nuevo programa para la Gestión Económico Financiera del Servicio Canario de la Salud, que establece un nuevo marco en la gestión de la Tesorería y ordenación de pagos del Servicio Canario de la Salud, así como la necesidad de realizar las adaptaciones producto de la experiencia adquirida con el transcurso del tiempo y la aparición de nuevas circunstancias, hacen necesaria la reforma del anterior Convenio de colaboración entre el Servicio Canario de la Salud y la empresa Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias para la prestación de determinados servicios en la gestión de cobro en vía ordinaria de los débitos al Servicio Canario de la Salud.

Que en el Capítulo Séptimo, artículo vigesimoctavo de los Estatutos de la entidad Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A., se señala que "Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A. actuará como medio propio y servicio técnico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las entidades vinculadas o dependientes de la misma de acuerdo con lo previsto en el artº. 26.4 de la Ley 30/1992, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en orden a la gestión de encomiendas para la ejecución de obras, suministros y prestación de servicios ...".

Por todo lo expuesto, y en virtud del artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

ACUERDO:

Primero.- Encomendar a la empresa Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A. las actuaciones que se detallan a continuación:

a) Gestión del cobro en vía ordinaria, excepto las funciones de recaudación que corresponde a la Tesorería del Servicio Canario de la Salud, de los servicios de transporte sanitario prestados a terceros responsables del pago.

b) Notificación de todas las liquidaciones practicadas en período voluntario, derivadas de asistencias sanitarias y transportes sanitarios prestados a terceros obligados al pago.

Segundo.- La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos constitutivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Servicio Canario de la Salud dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte a la actividad material objeto de la encomienda, que tiene su alcance, única y exclusivamente, en la gestión de las actividades y servicios descritos en los apartados anteriores.

Tercero.- La duración de la presente encomienda de gestión será de dos años prorrogables por plazos anuales por mutuo acuerdo de las partes, salvo revocación expresa a voluntad de cualquiera de las partes y con un preaviso de tres meses de antelación.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de octubre de 2009.

LA CONSEJERA

DE SANIDAD,

María Mercedes Roldós Caballero.

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