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BOC Nº 223. Viernes 13 de Noviembre de 2009 - 4374

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4374 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 30 de octubre de 2009, del Director, relativo a notificación de la Resolución por la que se acepta el desistimiento formulado por D. Federico Bistolfi de su solicitud de subvención.- Expte. 09-38/03867.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a D. Federico Bistolfi, de la Resolución de fecha 1 de octubre de 2009, nº 09/8956, por la que se acepta el desistimiento formulado por el interesado, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Resolución por la que se acepta el desistimiento formulado por Federico Bistolfi, de su solicitud de subvención.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Al amparo de lo dispuesto en la Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (B.O.E. nº 136, de 7.6.07), cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 250/1985, de 23 de enero (B.O.E. nº 55, de 5.3.85), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (B.O.C. de 28.4.03), mediante escrito de fecha 21 de julio de 2009 y registro de entrada nº 994.529, Federico Bistolfi, con N.I.F./N.I.E. Y0647254W, solicitó una subvención financiera, de las reguladas en la Orden TAS/1622/2007 citada.

Segundo.- Con fecha 30 de septiembre de 2009 y registro de entrada nº 1.287.085, Federico Bistolfi solicitó se aceptase el desistimiento de su solicitud de subvención.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Director del Servicio Canario de Empleo es competente para resolver el presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1.a) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.1 y 91.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, todo interesado podrá desistir de su solicitud, desistimiento que podrá hacerse por cualquier medio que permita su constancia.

R E S U E L V O:

Primero.- Aceptar de plano el desistimiento solicitado por Federico Bistolfi, con N.I.F./N.I.E. Y0647254W, de su petición de subvención.

Segundo.- Declarar concluso el procedimiento, archivándose el expediente sin más trámite.

Tercero.- Notificar la presente Resolución al interesado en el expediente, con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- El Director, Alberto Génova Galván."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de octubre de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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