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BOC Nº 227. Jueves 19 de Noviembre de 2009 - 4480

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna

4480 - EDICTO de 29 de septiembre de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000738/2006.

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Dña. Eva Esther Juárez Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En La Laguna, a veinticinco de septiembre de dos mil nueve.

Dña. Eva Esther Juárez Fernández, Magistrado-Juez de Primera Instancia nº 1 de La Laguna y su Partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario nº 738/2006 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante D. Antonio González Ramos con Procuradora Dña. Rosario Hernández Hernández y de otra como demandada D. Secundino García Bethancort y Dña. Rosario León Escobar sobre reclamación de cantidad.

Vistos, por la Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Antiguo mixto nº 1) de La Laguna y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, bajo el nº 0000738/2006, seguidos a instancia de D. Antonio González Ramos, representado por la Procuradora Dña. Rosario Hernández Hernández, contra D. Secundino García Bethancort y Rosario León Escobar, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Rosario Hernández Hernández, en nombre y representación de D. Antonio González Ramos frente a D. Secundino García Bethancort y Dña. Rosario León Escobar en situación de rebeldía procesal:

Debo condenar y condeno a los demandados D. Secundino García Bethancort y Dña. Rosario León Escobar a la reparación de los daños causados en la vivienda del demandante a fin de restituir su funcionalidad y habitabilidad en el plazo de un mes bajo advertencia de proceder a su costa en caso de incumplimiento.

Condenar a los demandados al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que se preparará por escrito ante este Juzgado en término del quinto día desde la notificación de la presente.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en La Laguna, a 29 de septiembre de 2009.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

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