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BOC Nº 228. Viernes 20 de Noviembre de 2009 - 1701

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1701 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 3 de noviembre de 2009, por la que se corrigen errores en la Resolución de 14 de octubre de 2009, de concesión de subvenciones establecidas en la Orden de 17 de abril de 2009, destinadas al apoyo de la industrialización y comercialización de los productos agrícolas (B.O.C. nº 207, de 22.10.09).

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Vistos los errores materiales cometidos en la Resolución de la Secretaría General Técnica de 14 de octubre de 2009, por la que se conceden subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrícolas reguladas por la Orden de 17 de abril de 2009 (B.O.C. nº 207, de 22.10.09).

Visto que procede su corrección según lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

A la vista de lo expuesto, y de los preceptos jurídicos que son de general aplicación,

R E S U E L V O:

Corregir los errores materiales cometidos en la Resolución de la Secretaría General Técnica de 14 de octubre de 2009, por la que se conceden subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrícolas reguladas por la Orden de 17 de abril de 2009 (B.O.C. nº 207, de 22.10.09), en el anexo II en el sentido siguiente:

Donde dice: S.A.T. Bodegas de Vilaflor (C.I.F.: G38501136).

Debe decir: S.A.T. Bodegas de Vilaflor (C.I.F.: V38740841).

Donde dice: S.A.T. Bodegas Vega de Yuco (C.I.F.: G35474881).

Debe decir: S.A.T. Bodegas Vega de Yuco (C.I.V.: V35474881).

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición ante el titular de esta Consejería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de noviembre de 2009.- La Secretaria General Técnica, Teresa María Barroso Barroso.

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