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BOC Nº 233. Viernes 27 de Noviembre de 2009 - 1753

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

1753 - ORDEN de 11 de noviembre de 2009, por la que se suprimen y crean determinados registros de este Departamento.

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Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de fecha 30 de agosto de 2007, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 183, de 12 de septiembre de 2007, se establecen los registros del Departamento con indicación de su localización, carácter, órganos a los que presta servicio y horario de atención al público.

Segundo.- Por Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de fecha 17 de enero de 2008, se modifica de la relación de los registros del Departamento, la localización del registro del Servicio de Valoración y Coordinación de la Dependencia adscrito a la Dirección General de Bienestar Social, quedando establecida en la calle Tomás Morales, 122-bajo, Centro Sociosanitario y de Servicios Sociales Nuestra Señora del Pino, código postal 35004, Las Palmas de Gran Canaria.

Tercero.- Por Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de fecha 2 de julio de 2008, se modifica de la relación de los registros del Departamento, la localización del registro del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad adscrito a la Dirección General de Bienestar Social, quedando establecida en la calle Tomás Morales, 122-bajo, Centro Sociosanitario y de Servicios Sociales Nuestra Señora del Pino, código postal 35004, Las Palmas de Gran Canaria.

Cuarto.- Con fecha 1 de septiembre de 2009 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 170, Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda de fecha 17 de agosto de 2009, por la que se unifican los registros auxiliares del Servicio de Valoración y Coordinación de la Dependencia y el Registro del Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad de ese Departamento, advirtiéndose posteriormente que no se especifican los datos del registro que surge de dicha unificación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece en su artículo 38.8 que las Administraciones Públicas deberán hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registros propios o concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación, así como los horarios de funcionamiento.

Segundo.- El artículo 5.1 del Decreto 105/2000, de 26 de junio, que regula determinados aspectos del funcionamiento de los Registros de la Administración Autonómica de Canarias, dispone que los registros se crearán, modificarán o suprimirán mediante Orden Departamental que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- El artículo 5.3 del Decreto 105/2000, de 26 de junio, que regula determinados aspectos del funcionamiento de los Registros de la Administración Autonómica de Canarias, establece los extremos, que como mínimo, deberán prever la creación de un registro.

Por cuanto antecede,

R E S U E L V O:

Primero.- Suprimir los registros auxiliares afectados a la Dirección General de Bienestar Social, a los que se hace referencia en los antecedentes de hecho segundo y tercero de la presente Orden.

Segundo.- Especificar los datos correspondientes al registro al que se hace referencia en el antecedente cuarto de la presente Orden.

a) Carácter: auxiliar.

b) Registro General del que depende: Registro General de la Dirección General de Bienestar Social.

Calle Carlos, J.R. Hamilton,14, Edificio Mabel, 38071-Santa Cruz de Tenerife.

c) Localización: calle Tomás Morales, 122-bajo, 35004-Las Palmas de Gran Canaria.

d) Horario:

Lunes a viernes: de 9,00 a 14,00 horas.

Julio, agosto, septiembre: de 9,00 a 13,00 horas.

Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.

e) Órgano administrativo para el que desempeña funciones: Dirección General de Bienestar Social (Servicio de Valoración y Coordinación de la Dependencia y Centro Base de Atención a Minusválidos).

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de noviembre de 2009.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL,

JUVENTUD Y VIVIENDA,

Inés Nieves Rojas de León.

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