Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 237. Jueves 3 de Diciembre de 2009 - 4772

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4772 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 30 de octubre de 2009, del Director, relativo a notificación de requerimiento para justificación de subvención concedida a Dña. Jéssica Arbelo Perdomo.- Expte. 04-35/00636 I+E.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del requerimiento para justificación de subvención concedida a Dña. Jéssica Arbelo Perdomo, expediente 04-35/00636 I+E, sin que haya sido recibida por la interesada, es por lo que conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber al mismo que con fechas 1 de octubre de 2008 y 15 de julio de 2008, fue intentada la mencionada notificación del tenor literal:

Asunto: requerimiento para justificación de subvención.

En relación con la subvención concedida a la entidad Dña. Jéssica Arbelo Perdomo, con N.I.F. 78478446P, mediante Resolución del Servicio Canario de Empleo nº 04-35/1289, de fecha 2 de julio de 2004, por la contratación indefinida a tiempo completo de dos trabajadores desempleados, al amparo de la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999 (B.O.E. de 31 de julio), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I+E, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.b) de la citada Orden, las empresas beneficiarias de las subvenciones previstas para I+E vienen obligadas a mantener el nivel de plantilla de trabajadores contratados indefinidamente durante al menos tres años. Cuando en dicho plazo se produzca el cese de trabajadores fijos, salvo en los supuestos de fuerza mayor, la empresa antes de transcurrido el plazo de un mes está obligada a sustituirlos al menos por la misma jornada, sin que dicha contratación dé lugar a una nueva subvención.

Revisada la documentación en el expediente se comprueba que la situación de los puestos de trabajo subvencionados es la siguiente:

TRABAJADOR: Inicial 1º: Fernando Daniel Tena Lemes.

FECHA DE ALTA: 1 de diciembre de 2003.

FECHA DE BAJA: 30 de junio de 2005.

TRABAJADOR: Inicial 2º: Pino Carmen Arbelo Perdomo.

FECHA DE ALTA: 1 de diciembre de 2003.

FECHA DE BAJA: 23 de mayo de 2005.

Teniendo en cuenta que los puestos de trabajo subvencionados no han estado cubiertos los tres años preceptivos, se le requiere para que en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, presente en el Servicio Canario de Empleo original y dos copias para proceder a su compulsa, de la siguiente documentación:

· Informe de Vida Laboral de la empresa en la que conste la relación de trabajadores por la que ésta ha cotizado a la Seguridad Social desde el 1 de diciembre de 2003 hasta el 1 de diciembre de 2006.

Con referencia a los trabajadores subvencionados que han causado baja:

· Documento acreditativo de la baja en la Seguridad Social.

Respecto a los trabajadores sustitutos:

· Contrato de trabajo indefinido.

· Documento acreditativo del alta en la Seguridad Social.

Se le advierte de que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Orden de 15 de julio de 1999 citada, en relación con el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03).

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de octubre de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

© Gobierno de Canarias