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BOC Nº 237. Jueves 3 de Diciembre de 2009 - 4777

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Antiguo mixto nº 3) de La Laguna

4777 - EDICTO de 15 de septiembre de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0001600/2006.

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JUZGADO DE: 1ª Instancia nº 3 (Antiguo mixto nº 3) de La Laguna.

JUICIO: ordinario 0001600/2006.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Concepción Álamo Lutzardo, María Natividad Álamo Lutzardo, María Teresa Álamo Lutzardo, Gloria Álamo Lutzardo y María del Carmen Álamo Lutzardo.

PARTE DEMANDADA:D./Dña. María Concepción Lutzardo Hernández, Fermín Álamo Plasencia y Silvia Álamo Lutzardo.

SOBRE: otros.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En la Ciudad de San Cristóbal de La Laguna, a dieciocho de septiembre de dos mil ocho.

Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de esta ciudad y su partido, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado como "juicio ordinario" registrado con el nº 1600/06, entre partes, como demandantes Dña. Concepción Álamo Lutzardo, Dña. María Natividad Belén Álamo Lutzardo, Dña. Gloria Álamo Lutzardo, Dña. María Teresa Álamo Lutzardo y Dña. María del Carmen Álamo Lutzardo, bajo la asistencia letrada de D. Francisco Javier Reyes López y representado por la Procuradora de los tribunales Sra. de la Rosa Pérez y como demandados D. Fermín Álamo Plasencia representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Salazar de Frías y dirigido por la Letrado Dña. Rosa Laura Machi Pérez, contra Dña. Ana Delia Plasencia Méndez, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Falcón Lisón y dirigida por la Letrado Dña. Rosa Laura Machi Pérez y contra Dña. Silvia Álamo Lutzardo y Dña. María Concepción Lutzardo Hernández en rebeldía.

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la acción ejercitada contra Herencia Yacente de D. Fermín Celso Álamo Lutzardo, Dña. Silvia Álamo Lutzardo y Dña. María Concepción Lutzardo Hernández, absolviendo a los demandados de las peticiones de la actora y con condena en costas a la actora.

Que debo estimar y estimo la demanda de desahucio por precario ejercitada contra D. Fermín Álamo Plasencia y Dña. Ana Delia Plasencia Méndez, debiendo los demandados desalojar la referida vivienda sita en la barriada San Luis Gonzaga, Taco, La Laguna y a ponerla a disposición de la comunidad hereditaria titular de la referida vivienda en el plazo establecido legalmente, procediendo en caso contrario al lanzamiento judicial y con condena en costas a la parte codemandada.

Pronúnciese esta sentencia en audiencia pública y notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra ella puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Dña. Concepción Lutzardo Hernández, por providencia de fecha 15 de septiembre de 2009 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En La Laguna, a 15 de septiembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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