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BOC Nº 240. Miércoles 9 de Diciembre de 2009 - 1816

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

1816 - Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 17 de noviembre de 2009, de la Presidenta, por la que se delegan en el Director de este Organismo las competencias para el otorgamiento de las subvenciones previstas en el Plan de Vivienda de Canarias para el período 2009-2012, así como, para la suscripción de los convenios que se formalicen para la aceptación de cesiones gratuitas de suelo.

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El artículo 77 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, en relación con el artículo 31 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, exige que la formalización de las cesiones gratuitas de suelo, para destinarlo a la construcción de viviendas protegidas, se lleve a cabo mediante la suscripción del correspondiente convenio.

En este sentido, el Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, al distribuir las competencias, que en materia de vivienda ostenta la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias entre los diferentes órganos que integran el citado Organismo, atribuye respectivamente, en las letras g) y m) del apartado 2 del artículo 7, a la Presidencia del mismo, las facultades relativas a la suscripción de los convenios de colaboración, así como a la aceptación de las cesiones gratuitas de viviendas y de suelo.

Por otra parte, el citado artículo 7.2 atribuye en su letra i) a la Presidencia del Instituto Canario de la Vivienda las facultades relativas a la concesión de ayudas y subvenciones.

Esta misma competencia es reconocida en el artículo 6.2 del Decreto 135/2009, de 20 de octubre, por el que se regulan las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias para el período 2009-2012, en cuanto que atribuye al citado Órgano la competencia para reconocer el derecho a acceder a las medidas de financiación previstas para las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias, salvo la consistente en el reconocimiento del derecho a acceder al préstamo convenido.

Al objeto de posibilitar una mayor agilidad y eficacia en la gestión de las competencias descritas, se hace preciso delegar su ejercicio en el Director del Instituto Canario de la Vivienda.

En su virtud y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director del Instituto Canario de la Vivienda las competencias para el otorgamiento de las subvenciones previstas en el Plan de Vivienda de Canarias para el período 2009-2012, así como, para la suscripción de los convenios que se formalicen para la aceptación de cesiones gratuitas de suelo.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2009.- La Presidenta, Inés Nieves Rojas de León.

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