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BOC Nº 242. Viernes 11 de Diciembre de 2009 - 1834

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1834 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 1 de diciembre de 2009, del Director, de declaración de crédito disponible para la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2009, convocadas mediante Resolución del Presidente, de 22 de julio de 2009 y corregida por Resolución de 7 de agosto de 2009.

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En el Boletín Oficial de Canarias nº 148, de 31 de julio de 2009 se publicó la Resolución de 22 de julio de 2009, del Presidente del Servicio Canario de Empleo (SCE), por la que se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones, en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2009, corregida por Resolución de 7 de agosto de 2009 (B.O.C. nº 160, de 18.8.09).

El resuelvo segundo establece que las subvenciones previstas en la citada convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en cada uno de los anexos de esta Resolución, teniendo carácter estimativo, ya que el párrafo quinto del citado resuelvo segundo dispone que el volumen total de las subvenciones a conceder dentro del ejercicio presupuestario de 2009 no superará la citada consignación o la que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, en cuyo caso, y de conformidad con lo establecido en el artículo 58, punto 2, apartado 4º, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no será necesaria nueva convocatoria.

Toda vez que se ha producido una incorporación de crédito en las líneas

2009: 15.01.322H.460.00 23453601 "Convenios con Corporaciones Locales", por importe de 3.498.107,25 euros.

2009: 15.01.322H.460.00 23453601 R "Convenios con Corporaciones Locales", por importe de 1.710.787,04 euros.

por lo que existe un crédito disponible adicional para esta convocatoria de cinco millones doscientos ocho mil ochocientos noventa y cuatro con veintinueve céntimos (5.208.894,29 euros), es de aplicación el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se establece que el órgano concedente deberá publicar la declaración de crédito disponible y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Por ello, se dispone la publicación de la ampliación aprobada en el Boletín Oficial de Canarias, con carácter previo a la resolución de concesión, por lo que la distribución definitiva del crédito total para la convocatoria correspondiente a la Resolución de 22 de julio de 2009 y corregida por Resolución de 7 de agosto de 2009, queda establecida del siguiente modo:

2009: 15.01.322H.460.00 23453601 "Convenios con Corporaciones Locales", por importe de cuatro millones doscientos noventa y ocho mil ciento siete euros con veinticinco céntimos (4.298.107,25 euros).

2009: 15.01.322H.460.00 23453601 R "Convenios con Corporaciones Locales", por importe de un millón setecientos diez mil setecientos ochenta y siete euros con cuatro céntimos (1.710.787,04 euros).

Por lo que la cuantía total destinada a financiar esta convocatoria queda establecida en un importe de seis millones ocho mil ochocientos noventa y cuatro euros con veintinueve céntimos (6.008.894,29 euros).

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de diciembre de 2009.- El Director, Alberto Génova Galván.

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