Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 242. Viernes 11 de Diciembre de 2009 - 4870

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

4870 - EDICTO de 20 de julio de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0000499/2009.

Descargar en formato pdf

Dña. María Teresa Oliver Guerra, Secretaria Judicial, Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria, hago saber:

Que en el juicio verbal nº 499/09, que se sigue en este Juzgado, a instancias de Dña. Dolores Rodríguez León frente a D. Ione Santana Sosa, se ha acordado expedir el presente edicto, de conformidad con lo establecido en el artº. 497.2 de la L.E.C. para la notificación al demandado de la sentencia dictada en el mismo, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

SENTENCIA

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de julio de 2009.

D. Jorge David Ramos Cabrera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dieciséis de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad nº 499/2009 seguidos en este Juzgado a instancia de Dña. Dolores Rodríguez León representado por la procuradora Dña. María Cristina Sosa González y asistido del letrado D. Isidro Curbelo del Pino contra D. Ione Santana Sosa, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre Dña. Dolores Rodríguez León y D. Ione Santana Sosa, sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando al demandado a que, dentro del término legal, lo desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, condenándole asimismo a abonar al actor la cantidad de 7.036,74 euros en concepto de rentas, más las que vayan devengando hasta que quede a disposición del actor, intereses legales e imponiéndole expresamente las costas de este juicio al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que el presente se publique en el Boletín Oficial de Canarias, expido y libro el mismo, por duplicado, en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.

© Gobierno de Canarias