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BOC Nº 247. Viernes 18 de Diciembre de 2009 - 4984

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Turismo

4984 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 2 de diciembre de 2009, sobre notificación de Resolución que procede a la ejecución de aval, a titular de empresa de actividades turísticas de ignorado paradero.

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No habiéndose podido practicar a Dña. Paula Louise Beatson, la notificación de Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística nº 1570, de fecha 14 de octubre de 2009, por la que se procede a la ejecución de aval, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a Dña. Paula Louise Beatson, Administradora única de la entidad mercantil "Viajes Trustresale, S.L.", titular de la Agencia de Viajes "Viajes Trustresale, S.L.", la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, por la que se procede a la ejecución del aval, depositado en la Consejería de Economía y Hacienda:

"Resolución de fecha 14 de octubre de 2009, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, por la que se procede a la ejecución del aval que la Compañía de Seguros Catalana Occidente, S.A. tiene constituido a favor de la Agencia de Viajes "Trustresale, S.L.".

Primero.- Con fecha 30 de julio de 2009, Registro de Entrada nº 8912, se recibe escrito del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), por el que solicita que se proceda a ejecutar el aval depositado en la Consejería de Economía y Hacienda por la Compañía de Seguros Catalana Occidente, S.A. asegurando a la Agencia de Viajes "Trustresale, S.L.", con los datos de procedimiento:

PROCEDIMIENTO: Ejecución Judicial.

NÚMERO PROCEDIMIENTO: 0000820/2008.

N.I.G.: 3501931120070005426.

Segundo.- El importe total requerido por el Juzgado asciende a la cantidad de veintidós mil novecientos cincuenta y siete euros con sesenta y un céntimos (22.957,61 euros).

Tercero.- Con fecha 12 de agosto de 2009, recepcionado por el Juzgado con fecha 17 de agosto de 2009, se le comunica que la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística ha ejecutado prácticamente la totalidad de la garantía objeto del embargo, y la cantidad disponible asciende a mil seiscientos sesenta y un euros con setenta y tres céntimos (1.661,73 euros), importe por el que se inicia el procedimiento de ejecución.

Cuarto.- Con fecha 22 de septiembre de 2009, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 186 y edicto del Ayuntamiento de Mogán, se notificó a la Administradora única de la Agencia de Viajes "Trustresale, S.L." y, con fecha 18 de agosto recibió la entidad aseguradora "Seguros Catalana Occidente, S.A.", el citado escrito del Juzgado y el inicio de procedimiento de ejecución.

Quinto.- A fecha actual esta Dirección General no tiene constancia de la presentación de recurso por parte de la Agencia de Viajes "Trustresale, S.L." y ni de la compañía de Seguros Catalana Occidente, S.A.

Sexto.- Transcurridos los plazos señalados en los escritos anteriormente citados, esta Dirección General no tiene constancia de haberse efectuado el abono de las cantidades requeridas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Visto el Decreto 135/2000, de 10 de julio, por el que se regulan las agencias de viajes, que en su artículo 13.5 señala: la garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones que deriven de:

a) Resolución firme en vía judicial de responsabilidades económicas de los organizadores y detallistas derivados de la acción ejercitada por el consumidor o usuario final.

b) Laudo dictado por las Juntas arbitrales de consumo, previo sometimiento voluntario de las partes.

R E S U E L V O:

Primero.- Que se de cumplimiento a lo acordado por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) respecto a la ejecución de la garantía que consta depositada en la Consejería de Economía y Hacienda, con fecha 3 de mayo de 2004, suscrita por la compañía de seguros Catalana Occidente, S.A., asegurando a la Agencia de Viajes "Trustresale, S.L.", por importe de 60.101,21 euros.

Segundo.- El importe a ejecutar es mil seiscientos sesenta y un euros con setenta y tres céntimos (1.661,73 euros).

Tercero.- Que se comunique la presente Resolución a las partes [Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), Consejería de Economía y Hacienda, Grupo Asegurador Seguros Catalana Occidente, S.A., Administradora de la entidad mercantil Trustresale, S.L.].

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de octubre de 2009.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis."

2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de Mogán, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de diciembre de 2009.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis.

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