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BOC Nº 252. Lunes 28 de Diciembre de 2009 - 1938

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas y Transportes

1938 - Dirección General de Transportes.- Resolución de 14 de diciembre de 2009, por la que se eleva a definitiva la Resolución de 19 de noviembre de 2009, de concesión provisional y de desestimación de las solicitudes de subvenciones destinadas a los Sindicatos para financiar el Fomento del Asociacionismo, la Formación y la Seguridad Laboral en el Sector del Transporte, convocada por Orden de 6 de julio de 2009, de esta Consejería.

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Examinado el expediente instruido por el Servicio de Asuntos Económicos y Generales relativo al asunto antes indicado, se han constatado los siguientes

HECHOS

1º) Mediante la Orden de fecha 6 de julio de 2009 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte y se efectúa la convocatoria para el año 2009.

2º) Mediante la Resolución de fecha 19 de noviembre de 2009 de la Directora General de Transportes, se resolvió provisionalmente la convocatoria de subvención destinada a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte y se efectúa la convocatoria para el año 2009.

3º) La convocatoria se resolvió con cargo a la aplicación presupuestaria 2009 11.09.513T.480.00 PI/LA 11414802 "A los sindicatos del sector de Transporte para fomento del Asociacionismo, Formación y Seguridad Laboral".

4º) Los beneficiarios de la concesión provisional de la subvención presentaron en tiempo y forma, la aceptación expresa de las condiciones de la Resolución de fecha 19 de noviembre de 2009 de la Directora General de Transportes, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria de subvención destinada a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte y se efectúa la convocatoria para el año 2009.

5º) Visto el informe del Servicio de Asuntos Económicos y Generales de fecha 1 de diciembre de 2009, proponiendo elevar a definitiva, la Resolución provisional de fecha 19 de noviembre de 2009 de la Directora General de Transportes.

Resultan de aplicación a los citados antecedentes las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Directora General de Transportes, de conformidad con el apartado tres de la base octava de la Orden de 6 de julio de 2009 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Segunda.- El procedimiento de concesión se realizará mediante concurrencia competitiva y se ajusta a lo previsto en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 14 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud y de conformidad con las disposiciones vigentes de general aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Elevar a definitiva, la Resolución de concesión provisional de fecha 19 de noviembre de 2009 de la Directora General de Transportes, por la que se conceden y se desestiman las solicitudes de subvenciones destinadas a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte, que se incluyen en los anexos I y II a la presente Resolución de concesión de subvención.

La presente Resolución de concesión pone fin a la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Transportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación; haciendo saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de diciembre de 2009.- La Directora General de Transportes, Rosa Dávila Mamely.

Ver anexos - páginas 30246-30247

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