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BOC Nº 254. Miércoles 30 de Diciembre de 2009 - 5180

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

5180 - ANUNCIO de 23 de diciembre de 2009, por el que se notifica la Orden de 18 de diciembre de 2009, que da cumplimiento a la Sentencia nº 399/2006, de 30 de noviembre de 2006, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, y se concede a la entidad Alimentaciones Canarias, S.L., una subvención por importe de ochenta y un mil ciento setenta y nueve euros con noventa y un céntimos (81.179,91 euros), al amparo de la Orden de 23 de junio de 2000, por la que se convocan para el año 2000 subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrarios.

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Habiéndose intentado la notificación a la empresa Alimentaciones Canarias, S.L. en dos ocasiones, y no habiendo podido practicarse procede, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, publicar la Orden que se transcribe a continuación:

"Orden de 18 de diciembre de 2009, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se da cumplimiento a la Sentencia nº 399/2006, de 30 de noviembre de 2006, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, y se concede a la entidad Alimentaciones Canarias, S.L., una subvención por importe de ochenta y un mil ciento setenta y nueve euros con noventa y un céntimos (81.179,91 euros), al amparo de Orden de 23 de junio de 2000, por la que se convocan para el año 2000 subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrarios.

Examinado el expediente presentado por la entidad Alimentaciones Canarias, S.L., al objeto de acogerse a la Orden de 23 de junio de 2000, por la que se convocan para el año 2000 subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrarios, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En septiembre de 2002, Alimentaciones Canarias, S.L. (Alican, S.L.) interpone recurso contencioso-administrativo contra la Resolución nº 197, de la Dirección General de Política Agroalimentaria, de 11 de mayo de 2001, por la que se conceden subvenciones establecidas en la Orden de 23 de junio de 2000, destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrarios.

Segundo.- Con fecha 26 de marzo de 2007, se da traslado a esta Consejería de sentencia firme de 30 de noviembre de 2006, de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife. La sentencia estima parcialmente el citado recurso, en el sentido de decretar una puntuación de 7, de acuerdo con los criterios de priorización de la subvención discutida, lo que hace a la entidad Alimentaciones Canarias, S.L., beneficiaria de una subvención de 13.507.200 pesetas (81.179,91 euros), obtenida como equivalente de aplicar el 30% al presupuesto presentado, que asciende a 45.024.000 pesetas (270.599,69 euros).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 5.1 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (BOC nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, indica que son órganos competentes para conceder ayudas y subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Segundo.- En el resuelvo tercero de la Orden de 23 de junio de 2000, por la que se convocan para el año 2000 subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrarios, se acuerda delegar en la Dirección General de Política Agroalimentaria, la facultad de dictar los actos que pongan fin al procedimiento regulado en dicha Orden. En este sentido hay que tener en cuenta el cambio de estructura departamental operado mediante el Decreto 31/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, que se concreta en la desaparición de la Dirección General de Política Agroalimentaria, para convertirse en Dirección General de Desarrollo Rural.

De esta forma, al no existir ya la Dirección General de Política Agroalimentaria, y tratarse la delegación de competencias de un acto de carácter personalísimo, no se puede entender hecha dicha delegación, en la Dirección General de Desarrollo Rural, el órgano competente para ejecutar la sentencia nº 399/2006, de 30 de noviembre de 2006, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, es la Consejera titular del Departamento, al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.1 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

A la vista de lo expuesto, de la Sentencia nº 399/2006, de 30 de noviembre de 2006, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, el informe propuesta del Director General de Desarrollo Rural, así como los preceptos legales de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder a la entidad Alimentaciones Canarias, S.L. (Alican, S.L.), una subvención por importe de 13.507.200 pesetas (81.179,91 euros), equivalente al 30% del presupuesto aprobado, que asciende a 45.024.000 pesetas (270.599,69 euros), para la realización de una sala de despiece y un almacén frigorífico en Mercalaspalmas, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, con cargo a la aplicación presupuestaria: 13.04.531A.770.00 PI. 08.713.814 "Fomento Infraestructura agroindustrial. FEADER".

Segundo.- Establecer un plazo máximo para la realización de la actividad y la justificación de la aplicación de la subvención a la finalidad para la que fue concedida por parte del beneficiario, hasta el 31 de diciembre de 2009.

Tercero.- Mantener, salvo en lo referente al plazo para la realización de la actividad y para la justificación de las inversiones auxiliadas, las condiciones a que se sujeta la concesión de estas ayudas y que se contemplan en la Orden de 23 de junio de 2000, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar la industrialización y comercialización de los productos agrarios (BOC nº 80, de 29.6.00), así como en la Resolución nº 197, de 11 de mayo de 2001, de la Dirección General de Política Agroalimentaria, por la que se conceden las subvenciones establecidas en la citada Orden de 23 de junio de 2000.

Notificar la presente Orden a los interesados, haciendo constar, que de no estar de acuerdo con los términos de ésta, podrán promover el incidente procesal previsto en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda."

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de diciembre de 2009.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

María del Pilar Merino Troncoso.

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