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BOC Nº 255. Jueves 31 de Diciembre de 2009 - 5207

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de La Orotava (Tenerife)

5207 - ANUNCIO de 1 de diciembre de 2009, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de la Villa de La Orotava.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de Procedimiento de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, se publica el acuerdo íntegro adoptado por el Ayuntamiento Pleno con fecha 30 de noviembre de 2009, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de la Villa de La Orotava, redactado por el Equipo OA3, Oficina de Arquitectura Tres S.L.P., del tenor siguiente:

"Primero.- Estimar o desestimar las alegaciones presentadas durante los períodos de información publica, a los que fue sometido el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de la Villa de La Orotava, en el sentido informado por el Equipo Redactor y ratificado por los Servicios Técnico-Jurídico del Ayuntamiento.

Segundo.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de la Villa de La Orotava, redactado por el Equipo Técnico OA3, Oficina de Arquitectura Tres S.L.P.

Tercero.- El presente acuerdo de aprobación definitiva deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias y Boletín Oficial de la Provincia, conjuntamente con la normativa del Plan Especial en este último, previa remisión al Consejo Cartográfico de Canarias de una copia debidamente diligencia del documento aprobado definitivamente.

Cuarto.- Se remitirá a la Consejería de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de Ordenación del Territorio, al Cabildo Insular de Tenerife, Servicio de Patrimonio Histórico, Consejería de Turismo y Consejo Insular de Aguas.

Quinto.- Delegar y facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la tramitación de cuantos actos sean precisos para la materialización del presente acuerdo."

Contra la presente resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa específica se entienda desestimado por silencio administrativo.

La Orotava, a 1 de diciembre de 2009.- El Alcalde-Presidente, Isaac Valencia Domínguez.- P.s.m., el Secretario General, Juan Carlos de Tomás Martí.

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