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BOC Nº 017. Miércoles 27 de Enero de 2010 - 434

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

434 EDICTO de 16 de diciembre de 2009, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000059/2009.

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BOC-A-2010-017-434. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Jorge David Ramos Cabrera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal.

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintitrés de noviembre de 2009.

D. Jorge David Ramos Cabrera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dieciséis de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario 59/2009 seguidos ante este Juzgado, en el que intervienen como demandante D. Eduardo López Martínez en representación de Dña. Nieves Martínez Hernández, quien actúa representado por la procuradora Dña. Beatriz Guerrero Doblas y es asistido por el letrado D. Eduardo López Martínez y como demandados la entidad mercantil Boshara 2004, S.L. Unipersonal y D. Antonio Fasero Laiz, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda promovida por la Procuradora Dña. Beatriz Guerrero Doblas en representación de D. Eduardo López Martínez quien a su vez actúa en representación de Dña. Nieves Martínez Hernández, y en consecuencia debo declarar y declaro que los demandados adeudan a Dña. Nieves Martínez Hernández la cantidad de ocho mil setecientos noventa y siete euros con un céntimo (8.797,01 euros), y en consecuencia debo condenar y condeno solidariamente a los demandados al pago de la cantidad de ocho mil setecientos noventa y siete euros con un céntimo (8.797,01 euros), más intereses legales.

Se imponen costas de esta instancia a los demandados.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, en el plazo de cinco días para ante la Audiencia Provincial previa constitución del depósito por importe de 50 euros previsto en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, mediante ingreso en la cuenta que este juzgado tiene abierta en el Banesto nº 4147/0000/04/0059/09 debiendo indicar en concepto de ingreso: recurso 02.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 2009.- El/la Secretario/a.

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