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BOC Nº 021. Martes 2 de Febrero de 2010 - 551

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

551 Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 19 de enero de 2010, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de diciembre de 2009, relativo al recurso de casación 4394/05 y en el recurso contencioso-administrativo 1650/01, respectivamente, interpuesto contra la Resolución de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 15 de febrero de 2001 y 12 de marzo de 2001, que aprueba, la primera, de forma parcial la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Arucas y la segunda definitivamente el resto de las mismas normas subsidiarias.

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BOC-A-2010-021-551. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de diciembre de 2009, relativo al recurso de casación 4394/05 y en el recurso contencioso-administrativo 1650/01, respectivamente, interpuesto contra la Resolución de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fechas 15 de febrero de 2001 y 12 de marzo de 2001, que aprueba, la primera, de forma parcial la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento de Arucas y la segunda, definitivamente el resto de las mismas normas subsidiarias, cuyo texto se adjunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2010.- El Director General de Urbanismo, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de diciembre de 2009, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento del cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de octubre de 2009, y Sentencia de 7 de febrero de 2005, recaída en el recurso de casación 4394/05 y en el recurso contencioso-administrativo 1650/01, respectivamente, interpuesto por D. José Juan Cárdenes Ramírez, contra la Resolución de la C.O.T.M.A.C. de 15 de febrero de 2001 y 12 de marzo de 2001, que aprueba, la primera, de forma parcial la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento de Arucas, y la segunda, definitivamente el resto de las mismas normas subsidiarias; y contra la Orden del Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente de Canarias de 23 de abril de 2001, por la que se toma conocimiento del Texto Refundido de la revisión de las Normas Subsidiarias de Arucas, modificándola en el sentido de que el terreno propiedad del recurrente que da frente a la calle López de Villavicencio, 1, del Barrio Hoya de San Juan, ha de ser clasificado como suelo urbano, con los límites que procedan según las determinaciones que en su caso señalen las Normas Subsidiarias de Planeamiento, conforme a lo señalado en el fundamento de derecho tercero de la sentencia, confirmando en todo lo demás los actos recurridos.

Segundo.- Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Arucas a efectos de que proceda, en ejecución de Sentencia, a realizar las modificaciones oportunas en mencionado documento de NN. SS., y sucesivos documentos de planeamiento, así como dando traslado a esta Consejería de las correspondientes copias corregidas en el mismo formato y escala de los documentos modificados, a fin de proceder a su sustitución en las copias de documentos obrantes en esta administración, remitiendo igualmente la correspondiente copia para su remisión al Cabildo Insular.

Tercero.- Dar traslado al Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental de esta Consejería, a fin de que en ejecución de la mencionada Sentencia, y hasta tanto el Ayuntamiento de Arucas ejecute la sentencia y nos remita los modificados en el mismo formato y escala que los originales materializando entonces su sustitución, proceda a estampillar la diligencia de nulidad en los planos y normativa correspondientes que figuran en esta administración.

Cuarto.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al Ayuntamiento de Arucas, y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario Accidental de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

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