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BOC Nº 022. Miércoles 3 de Febrero de 2010 - 577

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Torrejón de Ardoz

577 EDICTO de 2 de julio de 2009, relativo a la resolución dictada en los autos de juicio ordinario nº 652/2007.

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JUZGADO DE:Primera Instancia nº 7 de Torrejón de Ardoz.

JUICIO:procedimiento ordinario 652/2007.

PARTE DEMANDANTE:Talleres Navales Pesqueros, S.A.

PARTE DEMANDADA:LA UTE.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

AUTO

Juez/Magistrado-Juez Sr./a.: Blanca Rosa Bartolomé Collado.

En Torrejón de Ardoz, a dieciocho de diciembre de dos mil siete.

Dada cuenta;

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por el Procurador Sr/a. José María Marcelino García García, actuando en nombre y representación de Talleres Navales Pesqueros, S.A., según acredita con el poder que acompaña, se ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte demandada a LA UTE.

Segundo.- Expresa el actor que la cuantía de la demanda es la de 174.106,74.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn).

Segundo.- Así mismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 37, 38 y 45 de la citada ley procesal.

Por último, por lo que respecta a la clase de juicio, la parte actora, cumpliendo lo ordenado en el artículo 253.2 de la LECn, ha señalado la cuantía de la demanda en 174.106,74 , por lo que procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio ordinario, según dispone el artículo 249.2.

Tercero.- Por lo expuesto procede la admisión a trámite de la demanda y, como ordena el artículo 404 de la LECn, dar traslado de la misma, con entrega de su copia y de la de los documentos acompañados, a la parte demandada, emplazándola, con los apercibimientos y advertencias legales, para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles computados desde el siguiente al emplazamiento.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se admite a trámite la demanda presentada por el Procurador Sr./a. José María Marcelino García García, en nombre y representación de Talleres Navales Pesqueros, S.A., frente a LA UTE, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

2.- Dése traslado de la demanda a la/s parte/s demandada/s, haciéndole/s entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola/s con entrega de la oportuna cédula para que la conteste/n en el plazo de veinte días hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento.

Apercíbase a la/s parte/s demandada/s que si no comparecen dentro de plazo se le/s declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 LECn). Adviértasele/s asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 23 y 31 LECn).

3.- Llévese a efecto el emplazamiento en el domicilio señalado por la parte actora. Para el emplazamiento en dicho domicilio llévese a cabo por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos.

4.- Se tiene por aportado por la parte actora dictamen pericial, suscrito por el perito D. Carlos Bienes Pesquí de Gemini.

Devuélvase el/los poder/es presentado/s, previo su testimonio en autos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo manda y firma S.S.; de lo que doy fe.- El/la Juez/Magistrado-Juez.- El/la Secretario.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se emplaza a LA UTE a fin de que en el plazo de veinte días conteste a la demanda, bajo apercibimiento de declararle en rebeldía prosiguiendo su curso el procedimiento.

En Torrejón de Ardoz, a dos de julio de dos mil nueve.- El/la Secretario Judicial.

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