Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 022. Miércoles 3 de Febrero de 2010 - 578

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Anuncios de licitaciones y adjudicación de contratos - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

578 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 20 de enero de 2010, de la Secretaria, por el que se hace pública la Resolución de 15 de mayo de 2009, de la Presidenta, que acuerda la resolución del contrato administrativo de obras de construcción de 14 viviendas a ejecutar en Barrio Trujillo, término municipal de Moya (Gran Canaria), expediente GC-02/04, celebrado el 30 de junio de 2005 con la empresa Asfaltos Telde, S.A..

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: None bytes.
BOC-A-2010-022-578. Firma electrónica-Descargar

Habiéndose dictado en fecha 15 de mayo de 2009 Resolución de la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda en la que se acuerda la resolución del contrato administrativo de obras de "construcción de 14 viviendas a ejecutar en Barrio Trujillo, término municipal de Moya, isla de Gran Canaria, expediente GC-02/04", a la empresa Asfaltos Telde, S.A. y constatada la imposibilidad de realizar la notificación personal de la misma a dicha empresa, se procede a realizar la citada notificación en los términos establecidos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y apreciada la concurrencia de los presupuestos a los que se refiere el artículo 61 de la misma Ley,

R E S U E L V O:

Notificar a la empresa Asfaltos Telde, S.A., por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el Boletín Oficial de Canarias, la siguiente Resolución:

- Declarar resuelto el contrato administrativo de obras de "construcción de 14 viviendas a ejecutar en Barrio Trujillo, término municipal de Moya, isla de Gran Canaria, expediente GC-02/04", celebrado el 30 de junio de 2005 entre el Instituto Canario de la Vivienda y la empresa Asfaltos Telde, S.A., cuya copia diligenciada se adjunta a la presente resolución como anexo nº 1, por demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista, de conformidad con lo previsto en el artículo 111.e) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Ordenar que, por los técnicos competentes del Servicio de Promoción Pública del Instituto Canario de la Vivienda, se proceda de inmediato a valorar los daños y perjuicios efectivamente sufridos por la Administración contratante, al objeto de determinar la indemnización establecida en el artículo 113.4 del antedicho Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, indicándose expresamente, a los efectos previstos en el mencionado artículo, si la cuantía de la citada indemnización excede o no del importe de la garantía definitiva constituida por la empresa contratista. La fijación y valoración de los citados daños y perjuicios se verificará por la Administración en resolución motivada atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la inversión proyectada y a los mayores gastos económicos que ocasione, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del citado Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administraciones Públicas. Asimismo, en caso de que en la liquidación del referido contrato de obras se determine un saldo favorable a la empresa contratista, éste deberá compensarse con la cuantía de la indemnización acordada que supere el importe de la garantía definitiva.

- Ordenar la incautación de la garantía definitiva constituida por la empresa contratista con motivo de la adjudicación del referido contrato administrativo de obras.

Contra este acto que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de esta publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, así como en el Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 2010.- La Secretaria, María Teresa Larrea Díez.

© Gobierno de Canarias