Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 235. Lunes 29 de Noviembre de 2010 - 6616

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

6616 Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.- Resolución de 17 de noviembre de 2010, del Director, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2010 para la concesión de subvenciones a pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 30 Kb.
BOC-A-2010-235-6616. Firma electrónica-Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (en adelante, ACIISI) para la aprobación de la convocatoria para el ejercicio 2010 destinada a la concesión de subvenciones a pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, se informa teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución del Director de la ACIISI de fecha 27 de noviembre de 2009, se aprueban las bases reguladoras con vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de subvenciones a pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, y se efectúa la convocatoria para 2009 (BOC nº 242, de 11.12.09).

El importe total de dotación económica, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, previsto para 2009, asciende a 3.200.000,00 euros, con cargo a las siguientes líneas de actuación:

· 06.20.542J.770.00, P.I.L.A. 08706106 "Apoyo a la creación, financiación y consolidación de empresas de base tecnológica", por importe de 500.000,00 euros.

· 06.20.542J.770.00, P.I.L.A. 09706206 "Fomento Innovación en Pymes", por importe de 1.500.000,00 euros.

La dotación presupuestaria citada está cofinanciada en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013, en su Eje 1 "Desarrollo de la economía del conocimiento", categoría de gasto 05.

· 06.20.542K.770.00, P.I.L.A. 09706208 denominada "DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN", por importe de 1.200.000,00 euros.

Segundo.- Por Resolución nº 256, de 30 de abril de 2010, del Director de la ACIISI, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2010, en el que se contempla la actuación denominada "Bonos tecnológicos", cuyo principal objetivo es impulsar la utilización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) por parte de pymes y emprendedores, dirigidos a mejorar sus procesos y sistemas de gestión internos, así como sus procesos de relación con el exterior, con el propósito de que incrementen su competitividad, aumenten su productividad y obtengan una rentabilidad y beneficios mayores, así como el impulso de su innovación tecnológica.

Tercero.- El importe total de dotación económica, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, previsto para 2010, asciende a 4.000.000,00 de euros, con cargo a las siguientes líneas de actuación:

· 06.20.542J.770.00, P.I.L.A. 08706106 "Apoyo a la creación, financiación y consolidación de empresas de base tecnológica", por importe de 500.000,00 euros.

· 06.20.542J.770.00, P.I.L.A. 09706206 "Fomento Innovación en Pymes", por importe de 1.500.000,00 euros.

La dotación presupuestaria citada está cofinanciada en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo FEDER Canarias 2007-2013, en su Eje 1 "Desarrollo de la economía del conocimiento", categoría de gasto 05.

· 06.20.542K.770.00, P.I.L.A. 09706208 denominada "DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN", por importe de 2.000.000,00 de euros.

Cuarto.- Con fecha 15 de noviembre de 2010, la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea emite informe favorable a la propuesta de resolución, al ser compatible con la normativa comunitaria de competencia.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone que son órganos competentes para conceder subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, considerándose a estos efectos titulares de aquéllos, entre otros, el Presidente del Gobierno.

En consonancia con lo anterior, en virtud del Decreto 20/2010, de 11 de marzo, del Presidente (BOC nº 59, de 24 de marzo), se acuerda delegar en el Director de la ACIISI, en el ámbito material atribuido a ésta, las competencias que correspondan al titular del departamento en las normas reguladoras de las subvenciones.

Segunda.- El artículo 14.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que corresponde al órgano competente para conceder subvenciones, la aprobación de la convocatoria correspondiente que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias, órgano que desarrollará el procedimiento para concesión de las convocadas según lo previsto en el reseñado Decreto y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por su parte, el apartado 5 del citado precepto establece que la convocatoria deberá hacer indicación de la disposición que establezcan, en su caso, las bases reguladoras y del Boletín Oficial de Canarias en que esté publicada; los créditos presupuestarios a los que se imputa y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas; el plazo de presentación de solicitudes, así como el plazo de resolución y notificación.

A la vista de lo anteriormente expuesto, habida cuenta de la existencia de crédito y adecuado y suficiente en el presente ejercicio presupuestario y la previsión de la actuación denominada "Bonos tecnológicos" en el Plan Estratégico de Subvenciones de la ACIISI para 2010, procede efectuar la aprobación de la convocatoria para la concesión de subvenciones a pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos para la anualidad 2010.- El Jefe de Sección de Promoción de la Investigación, Daniel Matz Falero.

Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias delegadas por el Decreto 20/2010, de 11 de marzo, del Presidente, conforme con lo informado por el Jefe de Sección de Promoción de la Investigación,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar para 2010 la concesión de las subvenciones destinadas a pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos, a través de concurso, en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo.- El importe total de dotación económica, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, para 2010 será de 4.000.000,00 de euros, con cargo a las siguientes líneas de actuación:

· 06.20.542J.770.00, P.I.L.A. 08706106 "Apoyo a la creación, financiación y consolidación de empresas de base tecnológica", por importe de 500.000,00 euros.

· 06.20.542J.770.00, P.I.L.A. 09706206 "Fomento Innovación en Pymes", por importe de 1.500.000,00 euros.

La dotación presupuestaria citada está cofinanciada en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) a través del Programa Operativo FEDER CANARIAS 2007-2013, en su Eje 1 "Desarrollo de la economía del conocimiento", categoría de gasto 05.

· 06.20.542K.770.00, P.I.L.A. 09706208 denominada "DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN", por importe de 2.000.000,00 de euros.

La subvención concedida no será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados financiadas con el mismo fondo estructural en el marco de otros programas operativos, en virtud de lo dispuesto en el artº. 56 del Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

Para la presente convocatoria, el importe total de la indicada dotación económica podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre y cuando exista cobertura económica para llevarla a cabo, y sea publicado con anterioridad a la fecha fijada para resolver la presente convocatoria mediante concurso.

Tercero.- Para la convocatoria de 2010, el plazo de presentación de solicitudes será el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución hasta el 30 de noviembre de 2011 o hasta el agotamiento de los fondos disponibles si se produjera con anterioridad a la indicada fecha. El plazo máximo de resolución y notificación se fija en seis (6) meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de instancias.

Cuarto.- El plazo de presentación del formulario de liquidación de bonos será el establecido en la base general séptima de la Resolución de 27 de noviembre de 2009, del Director, por la que se aprueban las bases reguladoras con vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de subvenciones a pymes y emprendedores mediante bonos tecnológicos.

Quinto.- Designar al Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (en adelante, ITC) como entidad colaboradora de la ACIISI para la gestión del programa de bonos tecnológicos, así como en el abono de los fondos públicos a los beneficiarios de las subvenciones, para cuya efectividad se suscribirá el oportuno convenio de colaboración entre la ACIISI y el ITC.

La ACIISI podrá revocar libremente, en cualquier momento, las tareas encomendadas al ITC.

Sexto.- Acordar la transferencia al ITC, en su calidad de entidad colaboradora, de los fondos públicos correspondientes a los créditos presupuestarios consignados para la convocatoria de 2010, a fin de que se proceda al abono de los mismos a los beneficiarios de las subvenciones de dicha convocatoria.

Séptimo.- El presente régimen de ayudas se acoge al Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (DO L 379, de 28.12.06), excepto para las ayudas a la investigación y desarrollo e innovación de los sectores agrícola, pesquero y de la acuicultura, que se regirá por el Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE (Reglamento General de Exención por Categorías) (DO L 214, de 9.8.08).

Octavo.- La presente Resolución producirá sus efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2010.- El Presidente, p.d., el Director (Decreto 20/2010, de 11 de marzo; BOC nº 59), Juan Ruiz Alzola.

© Gobierno de Canarias