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BOC Nº 053. Lunes 14 de Marzo de 2011 - 1285

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

1285 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 1 de marzo de 2011, del Director, por la que, en ejecución de sentencia, se dispone la modificación de la lista de aspirantes declarados en situación de expectativa de destino del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Grupo Técnico de la Función Administrativa en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, de 21 de mayo de 2002.

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BOC-A-2011-053-1285. Firma electrónica-Descargar

Por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, de fecha 25 de enero de 2011 (Resolución con registro nº 184, de 2.2.11), dictada en ejecución de la sentencia de 28 de enero de 2009, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas, recaída en el recurso nº 573/2006, seguido a instancia de don Julio López Bastida, se dispone la modificación de la relación definitiva de calificaciones del concurso oposición del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Grupo Técnico de la Función Administrativa en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, convocado por Resolución de dicho Centro Directivo, de 21 de mayo de 2002, resultando don Julio López Bastida con un total de 91,60 puntos, el cual pasa de estar situado en la posición nº 21 a la posición nº 19 y que don José Ignacio Álvaro Lavandera, con 91,30 puntos y don José Ángel Díaz Suárez, con 89,50 puntos, pasen de estar situados en las posiciones números 19 y 20, a situarse en las posiciones 20 y 21, respectivamente.

Asimismo, dispone la modificación de la relación de aspirantes que superan la fase de selección determinando que don Julio López Bastida se integre en la relación de aspirantes seleccionados y que don José Ignacio Álvaro Lavandera quede excluido.

Por último, la citada Resolución dispone requerir a don Julio López Bastida, para que en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a la notificación, presente ante la Dirección General de Recursos Humanos la documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos para participar en la fase de selección del indicado proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas, señalados en el apartado 1 de la base séptima de la convocatoria, habiéndolo cumplimentado en tiempo y forma aportando la documentación al efecto, comprobándose que cumple los requisitos exigidos para participar en la fase de selección.

De acuerdo con lo previsto en la base decimoquinta de la convocatoria, se formula propuesta de declaración del mencionado aspirante en situación de expectativa de destino, así como de exclusión de don José Ignacio Álvaro Lavandera el cual quedó desplazado fuera de la relación de aspirantes seleccionados.

La base decimoctava de la citada convocatoria determina que el personal que haya obtenido la situación de personal estatutario en expectativa de destino, deberá participar obligatoriamente en la fase de provisión para la adjudicación de plaza.

En virtud de lo expuesto y para continuar con los actos de ejecución de la sentencia mencionada anteriormente, se emite la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- Modificar la relación de aspirantes declarados en situación de expectativa de destino publicada en la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, de 11 de abril de 2005, por la que se declara en situación de expectativa de destino a los aspirantes que superaron la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas básicas de personal estatutario de la categoría de Grupo Técnico de la Función Administrativa (BOC nº 79, de 22 de abril), incluyendo en dicha relación al siguiente aspirante:

- López Bastida, Julio (D.N.I. 19.820.593-K).

Excluir al aspirante Álvaro Lavandera, José Ignacio (D.N.I. 42.889.983-C).

Segundo.- El aspirante nombrado en expectativa de destino deberá participar obligatoriamente en la fase de provisión de su categoría profesional. Si no participara en dicha fase se le considerará decaído en sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo su situación de personal estatutario en expectativa de destino.

Si el espirante no se presentara a la realización de la entrevista que forma parte de la fase de provisión o concurre en distintos Centros de Gestión a más de una de ellas, decaerá de sus derechos, sin que pueda adjudicársele plaza alguna, con las consecuencias que se deriven.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y notificársela a don Julio López Bastida, a don José Ignacio Álvaro Lavandera y al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas.

Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno al dictarse en ejecución de sentencia judicial firme, sin perjuicio de las acciones que los interesados puedan promover ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de marzo de 2011.- El Director, Guillermo Martinón Ribot.

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