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BOC Nº 096. Lunes 16 de Mayo de 2011 - 2580

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

2580 Instituto Canario de Estadística (ISTAC).- Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Directora, por la que se actualiza la Carta de Servicios del Instituto Canario de Estadística.

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BOC-A-2011-096-2580. Firma electrónica-Descargar

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de la Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Directora, por la que se actualiza la Carta de Servicios del Instituto Canario de Estadística, cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2011.- La Directora, Esther del Toro Cáceres.

Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Directora, por la que actualiza la Carta de Servicios del Instituto Canario de Estadística.

Visto que el artículo 6 del Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que tales Cartas sean aprobadas por resolución del Director o asimilado en el caso de los organismos autónomos a cuyos servicios se refieran aquéllas.

Resultando.- Que con fecha 27 de abril de 2011 se emite informe favorable de la Inspección General de Servicios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.1 del citado Decreto 220/2000, de 4 de diciembre.

Considerando.- La legislación aplicable constituida a tal efecto por el Decreto 220/2000, de 4 de diciembre (modificado en virtud de Decreto 33/2010, de 18 de marzo, BOC nº 63, de 30.3.10), por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas, y a las mejores iniciativas o sugerencias de los empleados públicos, la Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Inspección General de Servicios, por la que se determina el modelo que ha de seguir el diseño de los trípticos de las Cartas de Servicios, así como las demás disposiciones concordantes y de general y pertinente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar la actualización de la Carta de Servicios correspondiente al Instituto Canario de Estadística (ISTAC).

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución y del contenido de la Carta de Servicios aprobada en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Remitir un ejemplar completo a la Inspección General de Servicios para su publicación en la página central del gobierno, vía Internet, y para su debida constancia.

Cuarto.- Derogar la Resolución de 9 de noviembre de 2004, del Director, por la que se autoriza la Carta de Servicios correspondiente a dicho Organismo Autónomo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de mayo de 2011.- La Directora, Esther del Toro Cáceres.

CARTA DE SERVICIOS

INSTITUTO CANARIO DE ESTADÍSTICA (ISTAC)

* DATOS IDENTIFICATIVOS DEL ORGANISMO

Denominación

Instituto Canario de Estadística (ISTAC)

Consejería

Economía y Hacienda

Dirección

Sede central de Las Palmas de Gran Canaria

Calle Luis Doreste Silva, 101, planta 7,

35004-Las Palmas de Gran Canaria.

Teléfonos: (928) 290062.

Fax: (928) 243354.

Sede en Santa Cruz de Tenerife

Rambla de Santa Cruz, nº 149, planta baja,

38001-Santa Cruz de Tenerife.

Teléfonos: (922) 922801.

Fax: (922) 475004.

Acceso transportes públicos:

Las Palmas de Gran Canaria:

Guaguas Municipales: Parada Asepeyo.

Línea 1 Teatro-Puerto.

Santa Cruz de Tenerife:

Guaguas Titsa: Parada 9164.

Líneas 903, 905, 911, 913, 920.

Correo electrónico: istac@gobiernodecanarias.org

Servidor web:

https://www.gobiernodecanarias.org/istac

https://www.istac.org

Horario de atención al ciudadano

De lunes a viernes:

Invierno: de 9,00 a 14,00 (octubre a junio).

Verano: de 9,00 a 13,00 (julio a septiembre).

Finalidad

Proveer información estadística: el ISTAC tiene entre sus objetivos proveer, con independencia técnica y profesional, información estadística de interés de la CAC atendiendo a la fragmentación del territorio y a sus singularidades y cumpliendo con los principios establecidos en el Código de Buenas Prácticas de la Estadísticas Europeas.

Coordinar la actividad estadística pública: el ISTAC es el organismo responsable de la promoción, gestión y coordinación de la actividad estadística pública de la CAC, asumiendo el ejercicio de la competencia estatutaria prevista en el artículo 30, apartado 23, del Estatuto de Autonomía de Canarias.

* SERVICIOS QUE SE OFRECEN AL CIUDADANO

Derivados de la función de promover la obtención, conocimiento y difusión de las estadísticas que contribuya a mejorar el conocimiento de la realidad canaria.

1. Acceso al Portal web del Instituto.

Ofrecer información estadística actualizada.

2. Consulta inmediata y asistencia en la búsqueda de datos.

Asistencia a los usuarios en la búsqueda de información estadística de forma presencial en nuestras dependencias, vía telefónica, redes sociales o a través de correo electrónico, a la dirección:

consultas.istac@gobiernodecanarias.org

3. Explotaciones estadísticas a medida.

Acceso a información específica "a medida", que requiera un tratamiento especializado de bases de datos, siempre que:

- No contravenga el secreto estadístico.

- Reúna las suficientes garantías técnicas.

- Previo pago de la tasa que se determine, si procediera.

- No altere de manera significativa el trabajo diario de los servicios estadísticos.

4. Productos editoriales estadísticos.

El ISTAC dispone de un catálogo amplio de productos editoriales de temática estadística, entre los que se encuentran las publicaciones digitales de elaboración propia, que se pueden descargar en el portal web del Instituto.

5. Suscripciones a distintos canales de información estadística.

Acceso, mediante suscripción a canales digitales y listas de distribución, a información estadística actualizada. Además, mediante correo electrónico istac_informa@listas.gobiernodecanarias.org al servicio "ISTAC INFORMA".

6. Divulgación estadística.

El ISTAC desarrolla acciones dirigidas a sectores económicos, profesionales y ciudadanía en general, para fomentar la cultura del uso de la información estadística en la toma de decisiones y conocimiento de la realidad canaria.

En particular, en el ámbito educativo, pone a disposición recursos que pueden contribuir a la mejora de la cultura estadística del alumnado y a fomentar el desarrollo de las competencias básicas en el aula.

Derivados de la función de extender certificaciones oficiales respecto de las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico de Canarias o las realizadas en el supuesto previsto en el artº. 28 de la LEC.

7. Expedición de certificación oficial de datos estadísticos.

El ISTAC expide certificación oficial de los datos referidos a las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico de Canarias a que se refiere el artículo 26 de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias o a las realizadas en el supuesto previsto en el artículo 28 de la citada ley, salvo que se prevea otra cosa en las normas reguladoras. La expedición está condicionada al pago previo de la tasa correspondiente.

Derivados de la función de crear, prestar y mantener un servicio de documentación bibliográfico-estadístico de ámbito socio-económico.

8. Biblioteca y Servicio de documentación bibliográfico-estadístico.

El ISTAC dispone de un servicio de consulta y documentación bibliográfico-estadística de ámbito socio-económico.

* NUESTROS COMPROMISOS

1. Acceso al Portal Web del ISTAC.

Mantener actualizada nuestra página Web según el calendario de publicaciones establecido en ella, así como potenciar su uso.

1.1. Publicar en el Portal web, de acuerdo con el calendario establecido, el 80% de la información estadística relativa a datos coyunturales.

1.2. Publicar en el Portal web, de acuerdo con el calendario establecido, el 90% de la información estadística relativa a datos estructurales.

2. Consulta inmediata y asistencia en la búsqueda de datos.

2.1. Responder las consultas formuladas por los usuarios, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, en un 95% de los casos.

3. Explotaciones estadísticas "a medida".

Solicitud de explotaciones estadísticas "a medida" que requieran de un tratamiento especializado de bases de datos, cumpliendo determinados requisitos.

3.1. Responder las solicitudes de explotaciones estadísticas a medida dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al de su recepción, al menos, en el 90% de los casos.

4. Productos editoriales estadísticos.

4.1. Editar, en formato digital, todas las publicaciones estadísticas de elaboración propia, que serán accesibles a través del portal web.

5. Suscripciones a canales de información estadística.

5.1. Poner a disposición de los usuarios canales digitales con acceso a la información estadística.

5.2. Atender, en el mismo día de su recepción, las peticiones de suscripción al sistema de noticias "ISTAC INFORMA", en el 95% de los casos.

6. Divulgación estadística.

6.1. Desarrollar acciones dirigidas a sectores económicos, profesionales y ciudadanía en general, para fomentar la cultura del uso de la información estadística en la toma de decisiones y conocimiento de la realidad canaria.

6.2. Poner a disposición de la comunidad educativa recursos orientados a la mejora de la cultura estadística del alumnado y al desarrollo de las competencias básicas en el aula.

7. Expedición de certificación oficial de datos estadísticos.

Expedición de certificación oficial de datos estadísticos de elaboración y publicación propia, cumpliendo determinados requisitos.

7.1. Responder todas las solicitudes de certificación de datos estadísticos oficiales de nuestra competencia antes de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de recepción de las mismas.

8. Biblioteca y Servicio de documentación.

El ISTAC presta y mantiene un servicio de consulta y documentación bibliográfico-estadística de ámbito socio-económico.

8.1. Responder las consultas de información y documentación bibliográfico-estadística de ámbito socio-económico en los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción, en el 90% de los casos.

* INDICADORES DE LA CALIDAD DEL SERVICIO

Compromiso 1: Acceso al Portal Web del ISTAC.

1.1.1. Porcentaje de información de datos coyunturales publicada según calendario establecido en la página Web.

1.2.1. Porcentaje de información de datos estructurales publicada según calendario establecido en la página Web.

Compromiso 2: Consulta inmediata y asistencia en la búsqueda de datos.

2.1.1. Porcentaje de consultas atendidas en plazo.

Compromiso 3: Explotaciones estadísticas "a medida".

3.1.1. Porcentaje de solicitudes resueltas en plazo.

Compromiso 4: Productos editoriales estadísticos.

4.1.1. Porcentaje de las publicaciones propias editadas en formato digital accesibles a través del portal web.

Compromiso 5: Suscripciones a canales de información estadística.

5.1.1. Disponer de canales digitales con acceso a información estadística.

5.2.1. Porcentaje de nuevas solicitudes de suscripción al sistema de noticias "ISTAC INFORMA" atendidas en plazo.

Compromiso 6: Divulgación estadística

6.1.1. Número de jornadas formativas promovidas.

6.2.1. Número de charlas impartidas en centros escolares.

6.2.2. Número de visitas de centros escolares atendidas en nuestras sedes.

Compromiso 7: Expedición de certificación oficial de datos estadísticos.

7.1.1. Porcentaje de solicitudes de certificación de datos estadísticos oficiales atendidas dentro del plazo de respuesta.

Compromiso 8: Biblioteca y Servicio de documentación.

8.1.1. Porcentaje de consultas de información y documentación atendidas en plazo.

NECESITAMOS SU OPINIÓN: SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un sistema de evaluación global del conjunto de los servicios públicos. Parte del mismo se basa en el sistema de sugerencias y reclamaciones, mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden evidenciar y proponer áreas de actuación con la finalidad de mejorar la organización y la calidad de los servicios públicos.

Puede acceder al sistema a través de los siguientes canales: presentación telemática https://www.gobcan.es/sugrec/solicitud.jsp, correo electrónico (sugrec.cpjs@gobiernodecanarias.org), escrito simple o a través del impreso que se encuentra a su disposición en todas las oficinas de registro y en las sedes de la Oficina Canaria de Información. También podrá acceder verbalmente a través del Servicio de Atención Telefónica del Gobierno de Canarias (012) o en las sedes de la Oficina Canaria de Información.

En un plazo máximo de tres meses usted recibirá una contestación a su sugerencia o reclamación. Si no es así, o considera que la contestación es insuficiente, diríjase a la Inspección General de Servicios.

La Inspección General de Servicios velará por el cumplimiento del procedimiento de tramitación de las sugerencias y reclamaciones, y localizará dónde se viene produciendo un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos y actuará puntualmente o efectuará los estudios y propuestas necesarios para la subsanación de las deficiencias detectadas.

Solicite más información de este sistema en cualquier oficina de registro o información del Gobierno de Canarias: sus sugerencias y reclamaciones no nos molestan, son necesarias para saber dónde nos estamos equivocando.

Si es usted usuario de los servicios sanitarios, sus solicitudes y reclamaciones deberá dirigirlas a la Oficina de Defensa de los Derechos de los Usuarios Sanitarios (ODDUS), conforme a lo establecido en el Decreto 94/1999, de 25 de mayo (BOC nº 78, de 16.6.99), modificado por Decreto 147/2001, de 9 de julio (BOC nº 88, de 18.7.01).

Sus reclamaciones y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios dentro del Sistema Canario de Salud, se tramitarán conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto 161/2002, de 18 de noviembre.

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