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BOC Nº 135. Lunes 11 de Julio de 2011 - 3826

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria

3826 EDICTO de 1 de septiembre de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0002062/2009.

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BOC-A-2011-135-3826. Firma electrónica-Descargar

D./Dña. Carmen Elodia Camejo Muñoz, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de mayo de 2010.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. José Antonio Morales Mateo Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Dieciséis de esta ciudad y su Partido Judicial los presentes autos de juicio verbal seguidos con el nº 2062/2009 y ha pronunciado en nombre de S.M. el Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la representación procesal de Caja Rural de Canarias, S.C.C. debo condenar y condeno a Oficanarias, S.L. a que abone a la actora la suma de 2.006,24 euros, intereses y costas, por ser así de justicia.

Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que, contra la misma cabe interponer recurso de apelación conforme a los artículos 451 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Oficanarias, S.L., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de septiembre de 2010.- El/la Secretario Judicial.

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