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BOC-A-2011-138-3956.
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D./Dña. David Peña Núñez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2011.
Vistos por Dña. María del Carmen de León Jiménez, Juez stta. del Juzgado de Primera Instancia nº Siete de esta ciudad y su Partido los presentes autos de juicio ordinario nº 1505/09, seguidos a instancia de Asociación de Desarrollo Rural de Gran Canaria (AIDER-Gran Canaria), representada por la Procuradora Elena Perdomo Luz, bajo la dirección letrada de Diego León Socorro, contra Residencia Virgen de la Luz, S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Elena Perdomo Luz en nombre de la entidad Asociación de Desarrollo Rural de Gran Canaria (AIDER-Gran Canaria), contra la Residencia Virgen de la Luz, S.L., declaro resuelto el contrato de concesión de ayuda económica celebrado entre las partes el día 11 de noviembre de 2004, y en consecuencia condeno a la demandada a reintegrar a la demandante la cantidad entregada de 219.740,03 euros.
Con expresa condena de las costas causadas a la demandada.
Así por esta mi sentencia contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación, la pronuncio, mando y firmo.
Y para, que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Residencia Virgen de la Luz, S.L., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
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