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BOC-A-2011-138-3960.
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Habiendo sido intentada la notificación a Dña. M. Elia Medina Rodríguez de la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 13 de mayo de 2011, recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 2/11, incoado por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda protegida de promoción pública, sita en el término municipal de La Matanza, Grupo 42 Viviendas La Matanza, bloque A, portal 3, 2º D, resultando la misma infructuosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Notificar a Dña. M. Elia Medina Rodríguez la Resolución del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 13 de mayo de 2011, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido, cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"La terminación del expediente de desahucio administrativo nº 2/11, seguido a Dña. M. Elia Medina Rodríguez, por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda protegida de Promoción Pública sita en el término municipal de La Matanza, Grupo 42 Viviendas La Matanza, bloque A, portal 3, 2º D, con el correspondiente archivo de las actuaciones.
Contra este acto que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Sra. Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de junio de 2011.- La Secretaria, p.s., el Jefe de Servicio de Administración General (Resolución de 20.4.11), Francisco Panizo Álamo.
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