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BOC Nº 159. Viernes 12 de Agosto de 2011 - 4529

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4529 DECRETO 270/2011, de 4 de agosto, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife.

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El Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife fue creado en virtud del Decreto 198/2002, de 20 de diciembre, y su relación de puestos de trabajo quedó establecida, incorporándose como anexo al citado Decreto.

Desde la creación y puesta en funcionamiento del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife, y tras su primera modificación por el Decreto 170/2004, de 13 de diciembre, se han incrementado los asuntos que gestiona, quedando justificada la modificación de su relación de puestos de trabajo para alcanzar una correcta organización que permita mejorar y resolver con mayor eficacia los servicios que presta.

De conformidad con lo expuesto, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; el Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal; el Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses; la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás normativa de aplicación.

A propuesta conjunta de los Consejeros de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad y previa deliberación del Gobierno, en sesión celebrada el día 4 de agosto de 2011,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Modificación de la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife.

1. Se modifica la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife, en los siguientes términos:

Anexo I: puestos de nueva creación.

Anexo II: puestos modificados.

2. Una vez efectuada la anterior modificación, la relación de puestos de trabajo del Instituto de Medicina Legal de Santa Cruz de Tenerife queda establecida en los siguientes términos:

Anexo III: listado completo de puestos de trabajo.

Anexo IV: tabla de equivalencias de los puestos.

Disposición Final Única.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de agosto de 2011.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y SEGURIDAD,

Javier González Ortiz.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.

Ver anexo en las páginas 22274-22282 del documento Descargar

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