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BOC Nº 034. Viernes 17 de Febrero de 2012 - 832

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

832 Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.- Resolución de 7 de febrero de 2012, por la que se autoriza la puesta en marcha del Programa Infancia y se establecen los requisitos de solicitud para la participación de los centros docentes públicos que imparten Educación Infantil y Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Canarias en el programa y el procedimiento de selección, así como las condiciones para su desarrollo.

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BOC-A-2012-034-832. Firma electrónica-Descargar

Dada la importancia que tiene la Educación Infantil y los primeros niveles de la Educación Primaria en el desarrollo integral de la persona y sus efectos favorables en la prevención de desigualdades y como medida encaminada a favorecer el éxito escolar del alumnado, y vista la necesidad de apoyar al profesorado que imparte docencia en el segundo ciclo de Educación Infantil y en el primer ciclo de Educación Primaria y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La provisión de un acceso equitativo y generalizado a la Educación Infantil y a una atención a la infancia de alta calidad puede contribuir en gran medida a la consecución de los objetivos principales de la Unión Europea (UE) en el marco de Estrategia Europa 2020: reducir la tasa de abandono escolar por debajo del 10%, y salvar al menos a 20 millones de personas del riesgo de pobreza y exclusión social.

Segundo.- La Educación Infantil se configura como una etapa educativa con entidad propia, dotada de unas características que la definen y, a su vez, diferencian de niveles posteriores, cuyo objetivo se centra en aprovechar al máximo el desarrollo de las capacidades y competencias de los niños y de las niñas de estas edades tempranas, potenciándolas y afianzándolas a través de la acción educativa, respetando la diversidad y las posibilidades de cada persona. En este proceso, destaca el papel fundamental que adquieren la progresiva adquisición de la autonomía personal y la seguridad afectiva y emocional; la observación y exploración del entorno familiar, social, cultural y natural; el desarrollo de habilidades comunicativas orales, tanto en la lengua materna como en otra lengua; el descubrimiento de los usos sociales de la lectura y de la escritura; y el enriquecimiento de las posibilidades creativas y expresivas. La introducción de las tecnologías de la información y comunicación trata de conseguir que las nuevas generaciones obtengan el máximo provecho de los cambios que está produciendo la sociedad de la información, con la incorporación de Internet y las herramientas multimedia en los centros educativos.

Tercero.- La Educación Primaria es la primera etapa del sistema educativo con carácter obligatorio e integra, junto con la Educación Secundaria Obligatoria, la enseñanza básica. En este tramo educativo el alumnado desarrolla las competencias básicas cuya adquisición deberá alcanzar al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria. La organización de la Educación Primaria en tres ciclos educativos de dos años cada uno, y su distribución horaria, facilitará la adaptación de los procesos de enseñanza a los ritmos de desarrollo y aprendizaje de los niños y niñas entre los seis y los doce años de edad. De igual modo, los objetivos de esta etapa contribuirán a desarrollar capacidades que se corresponden con los procesos evolutivos propios de estas edades.

Cuarto.- La diversidad constituye una realidad en los centros educativos que ha de ser atendida por todo el profesorado. La adecuada respuesta educativa a todo el alumnado se concibe a partir del principio de inclusión, entendiendo que únicamente de ese modo se garantiza su desarrollo, se favorece la equidad y se contribuye a una mayor cohesión social. La atención a la diversidad es una necesidad que abarca a todas las etapas educativas y a todo el alumnado. De este modo, las medidas y acciones para la atención a la diversidad deben ajustarse, entre otros, a los principios de normalización de servicios, de flexibilidad en la respuesta educativa, de actuaciones de prevención desde edades más tempranas y de atención personalizada.

Y atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo).

Segundo.- El Decreto 183/2008, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación y el currículo del 2º ciclo de al Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 163, de 14 de agosto).

Tercero.- El Decreto 126/2007, de 24 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 112, de 6 de junio).

Cuarto.- La Orden de 7 de junio de 2010, por la que se regulan las condiciones que han de regir los planes, programas y proyectos de intervención dirigidos a mejorar la calidad y equidad en educación, de aplicación en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 16, de 15 de junio).

Quinto.- El Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 143, de 22 de julio).

Sexto.- El Decreto 104/2010, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias (BOC nº 154, de 6 de agosto).

R E S U E L V O:

Primero.- Autorizar la puesta en marcha del Programa Infancia atendiendo a las características descritas en el anexo I de la presente Resolución.

Segundo.- Aprobar los requisitos de solicitud para la participación en el Programa Infancia de los centros docentes públicos que imparten Educación Infantil y Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Canarias y establecer el procedimiento de selección, así como las condiciones para su desarrollo, recogidos en el anexo II de la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de febrero de 2012.- La Directora General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, Gregoria Molina Jorge.

Ver anexo en las páginas 2688-2703 del documento Descargar

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