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BOC Nº 151. Jueves 2 de Agosto de 2012 - 3956

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

3956 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 19 de julio de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 2 de julio de 2012, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 15 de mayo de 2008, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 236/2004.

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BOC-A-2012-151-3956. Firma electrónica-Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 2 de julio de 2012, relativo a la Toma de Conocimiento de la Sentencia de 15 de mayo de 2008, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo nº 236/2004, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de julio de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 2 de julio de 2012, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 15 de mayo de 2008, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo nº 236/2004, interpuesto por la entidad mercantil Hijos de Francisco López Sánchez, S.A., contra Decreto 277/2003, de 11 de noviembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria (PIOGC), a reserva de que se subsanen las deficiencias advertidas por la COTMAC en sesión celebrada el 20 de mayo de 2003 y contra Decreto 66/2004, de 25 de mayo, por el que se subsanan las deficiencias no sustanciales del PIOGC, que se declaran ajustados a derecho en las determinaciones impugnadas. Sin pronunciamiento expreso sobre las costas del proceso.

Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 27 de octubre de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección quinta, del Tribunal Supremo, por la que se declara no haber lugar al recurso de casación nº 5546/2008 interpuesto por la entidad mercantil Hijos de Francisco López Sánchez, S.A. contra la Sentencia de 15 de mayo de 2008, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con imposición de las costas de este recurso a la parte recurrente limitando la cuantía a la cifra de 1.500 euros por el concepto de honorarios de representación y defensa de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias y al Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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