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BOC Nº 151. Jueves 2 de Agosto de 2012 - 3960

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona

3960 EDICTO de 31 de mayo de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000728/2011.

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BOC-A-2012-151-3960. Firma electrónica-Descargar

Dña. María Visitación Rengifo Olea, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 31 de mayo de 2012.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Laura Casañas Villalba, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona los presentes autos de Familia. Divorcio contencioso, nº 0000728/2011 seguido entre partes, de una como demandante D. Alain Rodríguez Gil, dirigido por el Letrado Dña. Tamara Conde Pfahl y representado por la Procuradora Dña. Fátima E. de Armas Castro y de otra como demandada Dña. Leidy Laura Burricaudy Prado, sobre divorcio.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por Dña. Fátima Esther de Armas Castro, en nombre y representación de D. Alain Rodríguez Giz contra Dña. Leidy Laura Burricaudy Prado declarándose el divorcio de D. Alain Rodríguez Giz y Dña. Leidy Laura Burricaudy Prado.

Inscríbase la presente resolución al margen de la inscripción del matrimonio.

Contra esta resolución cabe la interposición de Recurso de Apelación en plazo de 20 días.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada declarada en rebeldía procesal y en paradero desconocido Dña. Leidy Laura Burricaudy Prado, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 31 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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