BOC - 2012/182. Lunes 17 de Septiembre de 2012 - 4574

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

4574 - ORDEN de 12 de septiembre de 2012, por la que se acuerda modificar el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a las ayudas, en materia de vivienda, previsto en el Decreto 75/2012, de 17 de agosto, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en las islas de La Gomera, La Palma y Tenerife en los meses de julio y agosto de 2012.

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En el Boletín Oficial de Canarias nº 162, de 20 de agosto de 2012, se publica el Decreto 75/2012, de 17 de agosto, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en las islas de La Gomera, La Palma y Tenerife en los meses de julio y agosto de 2012.

El artículo 4 del referido Decreto 75/2012, recoge la modalidad de ayudas, en materia de vivienda, estableciendo, en el punto 5.1 que el plazo de presentación de solicitudes sea de un mes, contando a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ampliarse por Orden de la Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda.

Así mismo, en el siguiente punto 5.2 se determina la documentación que debe acompañar a la solicitud de dichas ayudas, en materia de vivienda, entre la que se señala, entre otros, la necesidad de aportar un informe emitido por técnico competente relativo a los daños causados por el incendio en la vivienda afectada, con expresión del valor estimado de restitución, rehabilitación o reparación.

En relación a ello, se ha constatado que la magnitud de los incendios está dificultando la emisión de los referidos informes técnicos, lo que impide que los afectados puedan cumplimentar adecuadamente la totalidad de la documentación exigida en dicho Decreto 75/2012, por lo que se aconseja modificar el plazo de un mes inicialmente previsto y, por lo tanto, establecer que la presentación de solicitudes sea de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden Departamental en el Boletín Oficial de Canarias.

Vistos los antecedentes expuestos y, de conformidad con la habilitación que el propio Decreto 75/2012 prevé en el artículo 4 punto 5.1, por el que se faculta a la titular de este Departamento a ampliar el plazo inicialmente previsto para la presentación de solicitudes de ayudas, en materia de vivienda,

D I S P O N G O:

Primero.- Modificar el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas, en materia de vivienda, previsto en el artículo 4 apartado 5.1 del Decreto 75/2012, de 17 de agosto, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en las islas de La Gomera, La Palma y Tenerife en los meses de julio y agosto de 2012 (BOC nº 162, de 20.8.12), estableciendo que dicho plazo sea de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden Departamental en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Acordar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de septiembre de 2012.

LA CONSEJERA DE CULTURA, DEPORTES,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Inés Nieves Rojas de León.



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