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BOC Nº 189. Miércoles 26 de Septiembre de 2012 - 4723

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

4723 ORDEN de 10 de julio de 2012, por la que se crea y regula el fichero de datos de carácter personal denominado "Espacios virtuales de aprendizaje y colaboración".

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El artículo 18 de la Constitución Española garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la Ley limitará el uso de la informática para garantizar estos derechos y su pleno ejercicio.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20, apartado primero, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente y en el apartado segundo, detalla los extremos que preceptivamente han de recoger las disposiciones de creación de ficheros (BOE nº 298, de 14.12.99).

Por su parte, el artículo 39 de la citada Ley Orgánica 15/1999 dispone que el Registro General de Protección de Datos es un órgano integrado en la Agencia de Protección de Datos y que serán objeto de inscripción en dicho Registro los ficheros de que sean titulares las Administraciones Públicas.

Conforme al artículo 2 del Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la creación, modificación o supresión de ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, se realizará por Orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afectan. Por su parte el artículo 3 del mismo Decreto regula el procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal de la Comunidad Autónoma de Canarias.

A la vista de las disposiciones citadas, la creación de ficheros automatizados de carácter personal, adscritos a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, hace necesaria su regulación y publicación a fin de dar cumplimiento a la normativa expuesta, asegurando así a los titulares de los datos el ejercicio de sus legítimos derechos, y garantizando los principios constitucionales de seguridad jurídica y protección de la intimidad.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida, en virtud del artículo 32, apartado c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, artículo 5, apartado 1, letra c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1 de agosto), y artículo 2.1 del mencionado Decreto 5/2006, de 27 de enero, previos los informes de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías y de la Dirección General del Servicio Jurídico.

D I S P O N G O:

Artículo único.- Creación de fichero.

Se crea el fichero de datos de carácter personal de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad que se describe en el anexo de esta Orden y que se denomina: "Espacios virtuales de aprendizaje y colaboración".

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de julio de 2012.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD,

José Miguel Pérez García.

A N E X O

FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DENOMINADO "ESPACIOS VIRTUALES DE APRENDIZAJE Y COLABORACIÓN".

I. Fichero: "Espacios virtuales de aprendizaje y colaboración".

A) La identificación del fichero o tratamiento, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

A.1) Identificación del fichero:

Espacios virtuales de aprendizaje y colaboración.

A.2) Finalidad y usos previstos:

- Las enseñanzas a distancia dirigidas al alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios.

- La coordinación, la colaboración y el intercambio de información de los servicios concurrentes de apoyo a la escuela: Inspección de Educación, miembros de los equipos de orientación educativa y psicopedagógicos, miembros de los equipos pedagógicos de los centros del profesorado, y el personal técnico de los centros directivos de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

- La coordinación, la colaboración, el intercambio de información y el asesoramiento del profesorado, del personal no docente y de los equipos directivos de los centros educativos.

- La coordinación de los servicios centrales de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma Canaria.

- Apoyo a proyectos que requieran estas herramientas informáticas de coordinación, colaboración, intercambio de información y de asesoramiento.

- Intercambio de información con y entre los miembros de las comunidades educativas de los centros docentes de Canarias, grupos de trabajo vinculados a la educación y gestión de consultas.

- Gestión de información y conocimiento generado y producido por y entre los usuarios.

Su finalidad y uso consiste en la recogida o tratamiento de datos de las personas usuarias de los espacios virtuales de aprendizaje y colaboración dependientes de esta Consejería y facilitar la producción, edición y publicación de información y conocimiento de carácter educativo.

B) El origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos y su procedencia.

B.1) Colectivos:

- Alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios.

- Cualquier otra persona física autorizada que acceda o haga uso de los espacios virtuales de aprendizaje, coordinación y colaboración de esta Consejería.

B.2) Procedencia:

Del propio interesado que acceda o haga uso de las plataformas virtuales, páginas web y redes sociales, y de los centros docentes públicos no universitarios, centros del profesorado y cuantos centros directivos estén vinculados a la formación o colaboración del alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

B.3) Procedimiento de recogida de los datos:

Los datos son obtenidos y registrados por centros docentes públicos no universitarios, centros del profesorado y cuantos centros directivos estén vinculados a la formación, coordinación o colaboración del alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad a través de formularios de papel o telemáticos.

C) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado.

C.1) Estructura:

Datos básicos de identificación personal del alumnado, profesorado, familias, personal de administración y servicios y del personal de los servicios concurrentes de apoyo a la escuela, así como datos básicos de contacto, matriculación y evaluación: D.N.I., nombre y apellidos, teléfono, dirección, correo electrónico, foto y vídeo.

C.2) Sistema de tratamiento:

Fichero parcialmente automatizado.

D) Las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios.

No se prevé la cesión de datos.

E) Las transferencias internacionales de datos previstas a terceros países, con indicación, en su caso, de los países de destino de los datos.

No hay transferencias internacionales previstas.

F) Órgano responsable del fichero.

Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias.

G) Servicio o unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

En cada uno de los centros docentes públicos no universitarios, centros del profesorado y en cuantos centros directivos de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad estén vinculados a la formación o colaboración del alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios, que se encuentren dados de alta en sus plataformas virtuales, páginas web y redes sociales, de acuerdo con la Orden de 24 de febrero de 2006, por la que se aprueban los modelos de solicitud para ejercer los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación de los datos de carácter personal contenidos en ficheros de la titularidad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

H) Medidas de seguridad.

Nivel Medio.

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