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BOC Nº 66. Lunes 8 de Abril de 2013 - 1614

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

1614 Secretaría General.- Resolución de 5 de abril de 2013, por la que se dispone la publicación del acuerdo por el que se deja sin efecto la reducción de jornada de trabajo y proporcional de retribuciones de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias prevista en la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013.

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BOC-A-2013-066-1614. Firma electrónica - Descargar

Aprobado por el Gobierno de Canarias, en sesión de 4 de abril de 2013, el Acuerdo por el que se deja sin efecto la reducción de jornada de trabajo y proporcional de retribuciones de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias prevista en la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, y de conformidad con el punto cuarto del mismo,

R E S U E L V O:

Disponer la publicación del Acuerdo por el que se deja sin efecto la reducción de jornada de trabajo y proporcional de retribuciones de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias prevista en la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, en los términos del anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de abril de 2013.- La Secretaria General, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 4 de abril de 2013 adoptó, fuera del orden del día, entre otros, el siguiente acuerdo:

F.O.D. 13.- Propuesta de Acuerdo por el que se deja sin efecto la reducción de jornada de trabajo y proporcional de retribuciones de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias prevista en la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013 (Consejerías de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad).

El Pleno del Parlamento de Canarias, en sesiones celebradas los días 27 y 28 de diciembre de 2012, aprobó la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013, Ley 10/2012, de 29 de diciembre (BOC nº 254, de 31 de diciembre de 2012), que en su Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima establece:

"Reducción de la jornada de trabajo de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1. Durante el ejercicio 2013 la jornada de trabajo del personal funcionario interino, del personal laboral indefinido que haya sido declarado como tal por resolución judicial o administrativa y del personal laboral temporal, incluidos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, de sus organismos autónomos y entidades de Derecho público con presupuesto limitativo, se reduce en un 20%, reduciéndose en el mismo porcentaje sus retribuciones, por razones de contención del gasto público y con la finalidad de mantener el empleo público.

La reducción anterior será de aplicación al personal señalado, sin perjuicio de las reducciones de jornada que, por aplicación de normas legales, reglamentarias o convencionales, se encuentre disfrutando a título individual.

2. No obstante lo previsto en el apartado anterior, el personal con jornada de trabajo a tiempo parcial inferior a veinticinco horas semanales de trabajo efectivo en cómputo anual experimentará una reducción de jornada de un 10%, reduciéndose en el mismo porcentaje sus retribuciones.

3. El Consejo de Gobierno, a propuesta de las consejerías de Presidencia, Justicia e Igualdad y Economía, Hacienda y Seguridad, podrá aprobar las medidas necesarias para minorar o dejar sin efecto la reducción de jornada de trabajo y proporcional de retribuciones prevista en esta disposición.

4. La presente disposición adicional no se aplicará al personal al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia, al personal docente no universitario ni al personal funcionario, laboral y estatutario que presta servicios en las gerencias y centros de salud del Servicio Canario de la Salud, ni al personal de Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia que presta servicios en la red transfusional y bancos de sangre."

En la exposición de motivos de dicha Ley se indica:

"Durante el ejercicio 2013 y con carácter coyuntural, por razones de contención del gasto público y con la finalidad de mantener el empleo público, la disposición adicional quincuagésimo séptima recoge una reducción de la jornada de trabajo de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, excluido el personal al servicio de los órganos judiciales y fiscales de la Administración de Justicia, el personal docente no universitario y el personal funcionario, laboral y estatutario que presta servicios en las gerencias y centros de salud del Servicio Canario de la Salud."

En aplicación de la referida norma legal, la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, en fecha 10 de enero de 2013, dictó las Instrucciones correspondientes.

Con anterioridad, la Dirección General de la Función Pública el 28 de diciembre de 2012, mismo día en que se aprobó por el Pleno del Parlamento de Canarias la Ley de Presupuestos Generales para el año 2013, envió una comunicación a todos los Secretarios Generales Técnicos de las Consejerías y órganos equivalentes de los Organismos Autónomos, así como a los Jefes de Servicio de Personal de las citadas Consejerías y Organismos, comunicando la entrada en vigor de la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima a partir del 1 de enero de 2013 y estableciendo las líneas generales de aplicación de la medida.

El impacto presupuestario de esta medida acordada por el Gobierno de Canarias y canalizada mediante una enmienda parlamentaria que se incorporó en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013 se ha cuantificado en unos 15 millones de euros anuales.

A su vez, la posibilidad de dejar sin efectos la medida en los términos previstos en el apartado tercero de la citada Disposición Adicional, podría ser adoptada por el Gobierno de Canarias a propuesta de las Consejerías de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Visto informe de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Ante esta situación el Gobierno de Canarias desde el inicio del ejercicio 2013 ha puesto en marcha una serie de medidas que por un lado favorecieran una gestión más eficiente de los recursos humanos con los que cuenta actualmente la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y, por otro, que generaran un ahorro, o en su caso impacto, en el capítulo 1, gasto de personal, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013.

Considerando, en consecuencia, que las medidas adoptadas desde el inicio de 2013 han amortiguado el impacto económico que, en el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias para este ejercicio, tiene la medida de reducción de jornada y proporcional de retribuciones recogida en la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima de la Ley de Presupuestos, lo que permite al Gobierno dejar sin efectos la misma el día 1 de mayo de 2013, tal y como establece el apartado 3 de la Disposición Adicional, y sin que la Comunidad Autónoma de Canarias se desvíe de la senda de la austeridad y de la consolidación fiscal del gasto público.

En virtud de lo expuesto, el Gobierno, tras deliberar y a propuesta conjunta de los Consejeros de Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad, acuerda:

Primero.- Dejar sin efecto la reducción de jornada de trabajo y proporcional de retribuciones de los funcionarios interinos y del personal laboral indefinido y temporal del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias prevista en la Disposición Adicional Quincuagésimo Séptima de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013.

Segundo.- Las Consejerías de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad adoptarán las medidas necesarias para la ejecución del presente acuerdo.

Tercero.- Este acuerdo surtirá efectos el día 1 de mayo de 2013.

Cuarto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

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