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BOC Nº 114. Lunes 17 de Junio de 2013 - 3225

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 (Antiguo mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna

3225 EDICTO de 24 de septiembre de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000729/2007.

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BOC-A-2013-114-3225. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Jesús María Prieto Gutiérrez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 (Antiguo mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 17 de julio de 2012.

Vistos por mí, Dña. Pilar Olmedo López Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Laguna, los presentes autos de juicio Ordinario seguidos bajo el nº 729/2007, promovidos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elena Lara Rodríguez en nombre y representación de Dña. Irmgard Kappers y de D. Helmut Philipps contra la entidad mercantil Turventa, SLU representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Rosario Hernández y contra Nova Ferein Plus Est finalmente declarada en rebeldía.

FALLO

Desestimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Dña. Elena Lara Rodríguez en nombre y representación de Dña. Irmgard Kappers y de D. Helmut Philipps y absuelvo a la entidad mercantil Turventa, SLU y a Nova Ferein Plus Est de las pretensiones deducidas contra los mismos, con expresa condena en costas a los actores.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, mediante escrito presentado en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, lo pronuncio, mando y firmo, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, según reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso deberá constituirse depósito por importe de 50,00 euros en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en Banesto, debiendo acreditarlo de forma fehaciente.

Publicación.- En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr./a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nova Ferien Plus Est, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 24 de septiembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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