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BOC Nº 145. Martes 30 de Julio de 2013 - 4068

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V. ANUNCIOS - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

4068 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 18 de julio de 2013, de la Secretaria, por el que se hace pública la Resolución de 18 de junio de 2013, de la Directora, sobre incoación del procedimiento sancionador S-025/13 seguido a la entidad Canaroyal y Desarrollo, S.L., por imposible notificación.

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BOC-A-2013-145-4068. Firma electrónica - Descargar

No habiéndose podido notificar a la entidad Canaroyal y Desarrollo, S.L., en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), la Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 18 de junio de 2013, sobre el expediente sancionador S-025/13, tramitado en este Instituto, y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser partes interesadas, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo,

ANUNCIO

Notificar a la entidad Canaroyal y Desarrollo, S.L. la Resolución de fecha 18 de junio de 2013, dictada en el expediente sancionador S-025/13, instruido por infracción del artº. 83.m) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"Incoar procedimiento sancionador S-025/13, por la presunta comisión de hechos tipificados como infracciones graves del artículo 83.m) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, contra la entidad Canaroyal y Desarrollo, S.L."

Asimismo se nombra Instructor y Secretaria del mismo a D. Edgar Montesdeoca García y Dña. María Carmen Ríos Agraso, respectivamente, siendo su régimen de recusación el contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Comuníquese este Acuerdo de iniciación al Sr. Instructor del procedimiento con traslado de las actuaciones y notifíquese simultáneamente a los interesados; advirtiéndoles que queda puesto de manifiesto el expediente y que de no efectuar alegaciones al contenido del presente Acuerdo, este podrá ser considerado como Propuesta de Resolución a los efectos previstos en el artículo 18 del Real Decreto 1398/1993, así mismo se hace saber que conforme a lo establecido en el artículo 16.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 agosto (BOE nº 189, de 9 de agosto de 1993), los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles a contar desde la notificación del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y en su caso proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse".

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de julio de 2013.- La Secretaria, Pilar Herrera Rodríguez.

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