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BOC-A-2014-016-255.
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D./Dña. Antonia María Cáceres Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de La Orotava y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 4 DE LA OROTAVA
DIVORCIO CONTENCIOSO 406/11.
MAGISTRADO: D. Javier Arribas Altarriba.
SENTENCIA
DEMANDANTE: doña Eva María González Ávila.
PROCURADOR: doña Patricia Carracero García.
DEMANDADO: don José Alexandre León Benítez (rebeldía procesal).
OBJETO: divorcio contencioso.
FECHA Y LUGAR: en La Orotava a 28 de junio de 2013.
FALLO
Estimo totalmente la demanda y decreto el divorcio y la disolución del matrimonio entre doña Eva María González Ávila y don José Alexandre León Benítez, con los efectos legales inherentes al mismo.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio fiscal. Esta sentencia no es firme, sino que cabe recurso de apelación que podrá ser preparado ante este juzgado en un plazo de 5 días.
Firme que sea esta resolución, comuníquese al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio.
Así lo mando, acuerdo y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Alexandre León Benítez, expido y libro el presente en La Orotava, a 13 de enero de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
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