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BOC Nº 148. Viernes 1 de Agosto de 2014 - 3420

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

3420 ORDEN de 21 de julio de 2014, por la que se autoriza la denominación específica Las Tederas al Colegio de Educación Infantil y Primaria en La Paredilla, Vecindario, Santa Lucía de Tirajana, Gran Canaria.

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BOC-A-2014-148-3420. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente iniciado, por D. Carmelo Brito Betancor, con D.N.I. 43256839A, Director del Colegio de Educación Infantil y Primaria en La Paredilla, con código 35014101, y domicilio en calle Acusa esquina calle Teobaldo Power, Vecindario, Santa Lucía de Tirajana, Gran Canaria, por el que solicita se autorice como denominación específica del centro Las Tederas, y de conformidad con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Decreto 69/2012, de 26 de julio, se crea un Colegio de Educación Infantil y Primaria en La Paredilla, código 35014101, sito en calle Acusa esquina calle Teobaldo Power, Vecindario, Santa Lucía de Tirajana, Gran Canaria (BOC nº 152, de 3.8.12).

Segundo.- Teniendo en cuenta el acuerdo del Consejo Escolar del Centro de 8 de abril de 2013, en el que se acuerda por unanimidad proponer para este centro la denominación específica de Las Tederas.

Tercero.- Visto la certificación del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana de 18 de junio de 2013, en el que manifiesta que no existe inconveniente en acceder a que el nuevo centro lleve la denominación específica Las Tederas.

Cuarto.- De acuerdo con la propuesta del Ilmo. Sr. Director General de Centros e Infraestructura Educativa, de fecha 11 de julio de 2014, por el que se propone autorizar la denominación específica de Las Tederas, al Colegio de Educación Infantil y Primaria en La Paredilla, Vecindario, Santa Lucía de Tirajana, Gran Canaria, con código 35014101, y de conformidad con el siguiente

FUNDAMENTO DE DERECHO

Único.- Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 5.1 del Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el reglamento orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 143, de 22.7.10).

En virtud de las competencias atribuidas el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), en su redacción actual, el artículo 5.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14.7.11), y el Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad (BOC nº 135, de 11.7.11),

R E S U E L V O:

Único.- Autorizar la denominación específica Las Tederas, al Colegio de Educación Infantil y Primaria en La Paredilla, Vecindario, Santa Lucía de Tirajana, Gran Canaria, con código 35014101.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de julio de 2014.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD

José Miguel Pérez García.

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