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BOC Nº 174. Martes 9 de Septiembre de 2014 - 3884

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia n° 4 (antiguo mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna

3884 EDICTO de 3 de julio de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000918/2013.

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BOC-A-2014-174-3884. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice literalmente:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 2 de julio de 2014.

Vistos por mí Dña. Pilar Olmedo López Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n° 4 de La Laguna, los presentes autos de juicio Verbal seguidos bajo el nº 918/2013, promovidos por el Procurador de los Tribunales D. Ramsés Quintero Fumero en nombre y representación de D. Javier Blanco Expósito bajo la dirección letrada de Dña. Virginia Villaquirán Llinás contra los desconocidos herederos de D. Manuel Acosta Hernández.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Ramsés Quintero Fumero en nombre y representación de D. Javier Blanco Expósito frente a los herederos desconocidos de D. Manuel Acosta Hernández nacido el 24 de agosto de 1984 y declaro la filiación paterna no matrimonial de D. Manuel Acosta Hernández en relación al mismo. Sin expresa condena en costas.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación en un plazo de 20 días.

Una vez firme la presente resolución practíquese el correspondiente asiento en el Registro Civil, la inscripción marginal correspondiente en la inscripción de nacimiento de D. Javier Blanco Expósito inscrito en el tomo 414_1 libro 045122 página 173 Secc. 1° del Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife.

Publicación. En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr./a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de desconocidos herederos de D. Manuel Acosta Hernández, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En San Cristóbal de La Laguna, a 3 de julio de 2014.- El/la Secretario Judicial.

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